Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Trámites Telemáticos. (2024063896)
Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria pública para la adquisición de la condición de entidad colaboradora para la realización de los trámites asociados a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura que se lleven a cabo mediante canales telemáticos.
31 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 230
Martes 26 de noviembre de 2024
60981
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el resto de normativa de
aplicación.
Decimoprimera. Protección de datos de Carácter Personal.
El tratamiento de la información obtenida de los datos de los expedientes tramitados al amparo del presente convenio, así como de la distinta información que por parte de la Consejería
competente en materia agraria sea suministrada a la entidad colaboradora para facilitar la
captura de los datos, se regirá por lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como
sus modificaciones.
Todos los datos suministrados, así como las herramientas y la información correspondiente al
Sistema de Información Geográfica de Parcelas (SIGPAC), sólo podrán ser utilizados para la
finalidad establecida, debiendo ser autorizado el uso de los mismos para cualquier otra finalidad por parte de la Consejería competente en materia agraria.
Las personas o entidades colaboradoras estarán obligadas a implantar y mantener las medidas de seguridad exigidas legalmente que aseguren la disponibilidad, confidencialidad e
integridad de los datos manejados y que garanticen la seguridad de los datos y eviten su
alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
A los efectos de cumplir lo previsto en el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, se incorpora al presente Convenio
Anexo relativo al compromiso de las personas y entidades colaboradoras del cumplimiento
de las cláusulas relativas a la seguridad de la información y protección de datos personales.
Se incorpora a este Convenio como Anexo el encargo del tratamiento de protección de datos
referido en el párrafo anterior, declarando ambas partes conocer su contenido, mostrando su
conformidad y obligándose a cumplir lo referido en el mismo mediante la firma del presente
convenio.
Decimosegunda. Publicidad y Transparencia.
El presente Convenio está sujeto a la obligación prevista en el artículo 10 de la Ley 4/2013, de
21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura en lo relativo a la publicación del convenio
en el Diario Oficial de Extremadura. Además, será objeto de la inscripción en el Registro de
Convenios.
Martes 26 de noviembre de 2024
60981
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el resto de normativa de
aplicación.
Decimoprimera. Protección de datos de Carácter Personal.
El tratamiento de la información obtenida de los datos de los expedientes tramitados al amparo del presente convenio, así como de la distinta información que por parte de la Consejería
competente en materia agraria sea suministrada a la entidad colaboradora para facilitar la
captura de los datos, se regirá por lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como
sus modificaciones.
Todos los datos suministrados, así como las herramientas y la información correspondiente al
Sistema de Información Geográfica de Parcelas (SIGPAC), sólo podrán ser utilizados para la
finalidad establecida, debiendo ser autorizado el uso de los mismos para cualquier otra finalidad por parte de la Consejería competente en materia agraria.
Las personas o entidades colaboradoras estarán obligadas a implantar y mantener las medidas de seguridad exigidas legalmente que aseguren la disponibilidad, confidencialidad e
integridad de los datos manejados y que garanticen la seguridad de los datos y eviten su
alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
A los efectos de cumplir lo previsto en el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, se incorpora al presente Convenio
Anexo relativo al compromiso de las personas y entidades colaboradoras del cumplimiento
de las cláusulas relativas a la seguridad de la información y protección de datos personales.
Se incorpora a este Convenio como Anexo el encargo del tratamiento de protección de datos
referido en el párrafo anterior, declarando ambas partes conocer su contenido, mostrando su
conformidad y obligándose a cumplir lo referido en el mismo mediante la firma del presente
convenio.
Decimosegunda. Publicidad y Transparencia.
El presente Convenio está sujeto a la obligación prevista en el artículo 10 de la Ley 4/2013, de
21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura en lo relativo a la publicación del convenio
en el Diario Oficial de Extremadura. Además, será objeto de la inscripción en el Registro de
Convenios.