Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063858)
Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego por goteo de 13,46 ha de pistachos en el polígono 72 parcelas 6, 7, 16 y 17, a ubicar en el término municipal de Badajoz (Badajoz), promovido por Rosa M.ª López Rodríguez. Expte.: IA23/0804.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 230
Martes 26 de noviembre de 2024

60922

De acuerdo con los artículos 6 y 7 del Reglamento del DPH, los terrenos (márgenes) que
lindan con los cauces, están sujetos en toda su extensión longitudinal a:
— Una zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público, con los siguientes
fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal, vigilancia,
conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en caso de necesidad.
— Una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condiciona el uso del suelo y
las actividades que se desarrollen. De acuerdo con el artículo 9 del mismo Reglamento,
cualquier obra o trabajo en la zona de policía de cauces (que incluye también la zona de
servidumbre para uso público) precisará autorización administrativa previa del organismo de cuenca, que, en este caso, se tramitará conjuntamente con la oportuna concesión
de aguas públicas.
Según los datos obrantes en este organismo, la promotora solicitó, con fecha 22/08/2019,
una concesión de aguas subterráneas, la cual se tramita con n.º de expediente 1174/2019,
para riego de 13,46 ha de cultivos leñosos (pistachos) en las parcelas 6, 7, 16 y 17 del polígono 72 del término municipal de Badajoz (Badajoz) a partir de tres captaciones de aguas
subterráneas ubicada en la parcela 6 del citado polígono y término municipal. El volumen
en tramitación es de 32.301,36 m3/año.
Por otro lado, se pone en conocimiento que el riego de la parcela 6 del polígono 72 del
término municipal de Badajoz (Badajoz), está amparado en el aprovechamiento de agua
con referencia 4078/2008, Inscrito en la Sección B del Registro de Aguas para riego de 6,6
ha, a partir de tres captaciones de aguas subterráneas ubicadas en la citada parcela. El
volumen máximo inscrito es de 6.152 m3 /año. De acuerdo con el artículo 50.4 del TRLA,
la Ley no ampara el abuso del derecho en la utilización de las aguas ni el desperdicio o mal
uso de las mismas, cualquiera que fuese el título que se alegare. Con fecha 12/02/2024 el
interesado remite escrito a este organismo donde se compromete a renunciar al expediente 4078/2008, siempre y cuando el expediente 1174/2019 se resuelva favorablemente. Por
tanto, se estará a lo dispuesto en el procedimiento de concesión de aguas subterráneas,
expediente 1174/2019.
La actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos
de riego.
Conforme a dispuesto en el artículo 253 ter del Reglamento del DPH, no tendrán la consideración de vertido de agua residual, tal como se define en el artículo 1 bis.a) de dicho reglamento, los retornos de agua procedentes del regadío. Será objeto de regulación específica
la protección de las aguas frente a la contaminación generada por la actividad agraria, sin
perjuicio de aplicar el régimen sancionador del TRLA cuando dicha actividad sea causante
de contaminación en las aguas continentales.