Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063862)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de construcción de complejo turístico "Helechoso", cuyo promotor es Benoit M C G Dethier, en el término municipal de Madrigal de la Vera. Expte.: IA24/0834.
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NÚMERO 230
Martes 26 de noviembre de 2024

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a. Condiciones de carácter general
— Deberán cumplirse todas las medidas protectoras, correctoras y compensatorias descritas en el documento ambiental, en tanto no entren en contradicción con el condicionado
del presente informe.
— Se informará a todo el personal implicado en la ejecución de este proyecto del contenido
del presente informe de impacto ambiental, de manera que se ponga en su conocimiento las medidas que deben adoptarse a la hora de realizar los trabajos. Asimismo, se dispondrá de una copia del presente informe en el lugar donde se desarrollen los trabajos.
— Cualquier modificación del proyecto original deberá ser comunicada al órgano ambiental. Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie
sobre el carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no someter
nuevamente el proyecto al trámite ambiental oportuno.
— En lo referente a la prevención de incendios forestales la instalación resultante del proyecto tendrá la consideración de lugar vulnerable, a efectos de lo previsto en el artículo
24 del Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por lo que la persona titular de éste tendrá
la obligación de contar con memoria técnica de prevención (MTP). La formalización de
este instrumento de prevención se realiza mediante solicitud de aprobación de la MTP
de dicho lugar vulnerable de conformidad con el capítulo III del título II, y título III, de
la Orden de 24 de octubre de 2016, Técnica del Plan de Prevención de Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (PREIFEX).
— Se notificará a la Dirección General de Sostenibilidad el inicio de los trabajos. Esta notificación se realizará un mes antes del inicio de las obras.
— Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie
incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001;
DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por las mismas,
se paralizará inmediatamente la actividad y se estará a lo dispuesto por el personal
de la Dirección General de Sostenibilidad, Agentes del Medio Natural, y/o técnicos del
Servicio Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, previa comunicación de tal
circunstancia.
— Las afecciones sobre dominio público hidráulico, vías pecuarias, carreteras, caminos
públicos u otras infraestructuras y servidumbres existentes u otras afecciones, deberán
contar con las autorizaciones y permisos de ocupación pertinentes, en base al cumplimiento de la normativa sectorial vigente en dichas materias.