Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063859)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual del Plan General Municipal de Aldeanueva del Camino. Expte.: IA23/1101.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 230
Martes 26 de noviembre de 2024

60876

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la
forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual del Plan
General Municipal de Aldeanueva del Camino. Expte.: IA23/1101. (2024063859)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en su artículo 49, prevé los planes y programas que deben ser sometidos a
evaluación ambiental estratégica simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el plan o programa no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los
términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien, que el plan o programa
debe someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque pueda tener efectos
significativos sobre el medio ambiente.
El citado artículo 49 especifica aquellos planes y programas que serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 49 a
53 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y de conformidad con los criterios establecidos en el anexo VIII de dicha ley.
La modificación puntual del Plan General Municipal de Aldeanueva del Camino se encuentra
encuadrada en el artículo 49 de la Ley de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Es órgano competente para la formulación del informe ambiental estratégico relativo a la modificación puntual del Plan General Municipal de Aldeanueva del Camino, la Dirección General
de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la
estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
1. O
 bjeto y descripción de la modificación.
La modificación puntual del Plan General Municipal de Aldeanueva del Camino tiene por
objeto la división del Suelo No Urbanizable Común en tipo A y tipo B. Asimismo, se pretende reclasificar, tal y como se indica, en la documentación, una superficie de 24.212 m2 de
Suelo No Urbanizable de Protección Paisajística a Suelo No Urbanizable Común Tipo B. El
Suelo No Urbanizable Común Tipo A, sería el resto de Suelo No Urbanizable, no afectado
por dicha reclasificación y manteniéndose tal y como se encuentra actualmente.