Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063870)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el desarrollo del Proyecto de investigación sobre aspectos epidemiológicos e inmunológicos de la enfermedad hemorrágica epizoótica en ganado bovino extremeño, año 2024.
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NÚMERO 229
Lunes 25 de noviembre de 2024

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y que se realizará tras la justificación de gastos y la elaboración de la memoria que debe
enviar el Departamento de Medicina Animal de la Facultad de Veterinaria de la Universidad de Extremadura como máximo el 23 de diciembre de 2024.
En todo caso, se considerarán gastos imputables derivados de la ejecución del convenio susceptibles de ser financiados por esta aportación financiera, aquellos que siendo correctamente
justificados de conformidad con la normativa en vigor y lo previsto en este convenio, están
pagados a la fecha de liquidación del convenio, son necesarios y responden de manera indubitada a la naturaleza y al normal desarrollo del objeto del convenio.
Octava. Derechos de propiedad intelectual e industrial.
En materia de derechos de propiedad intelectual que se deriven de este convenio se estará
a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual regularizando, aclarando y armonizando
las disposiciones legales vigentes sobre la materia, entendiendo que la proporción en estos
derechos, que son el resultado unitario de una obra de colaboración, es igual para ambas
partes. A estos efectos, la difusión o publicación de los resultados de los trabajos, cualquiera
que sea el medio que se utilice para ello, hará constar las Instituciones que lo han hecho posible (Junta de Extremadura, - Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
-Departamento de Sanidad Animal), así como los autores de dichos trabajos.
En materia de derechos de propiedad industrial que eventualmente se deriven de este convenio se estará a lo dispuesto en la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, entendiendo que
los derechos y obligaciones que se deriven corresponderán por partes iguales a la Universidad
y a la Junta de Extremadura.
La Universidad se compromete a no difundir, salvo que lo disponga la ley, las informaciones
científicas o técnicas que constituyen el objeto de este convenio sin previa autorización expresa de la otra parte.
Novena. Modificación y extinción del Convenio.
La modificación del contenido de este convenio podrá realizarse en cualquier momento durante su vigencia y requerirá acuerdo unánime de los firmantes, de conformidad con el artículo
49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, debiendo a
estos efectos formalizase mediante adenda.
El presente Convenio se resolverá por cualquiera de las siguientes causas:
a) Por cumplimiento del objeto del mismo.