Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Voluntariado. Subvenciones. (2024063842)
Resolución de 12 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de programas de promoción del voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 229
Lunes 25 de noviembre de 2024

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2. El órgano competente para la resolución de estas subvenciones será la Secretaria General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, de acuerdo con el artículo 9 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
No obstante, la citada competencia para resolver se encuentra delegada en la Secretaria
General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia por Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se delega la competencia y la firma
en determinadas materias (DOE núm. 189, de 2 de octubre de 2023).
3. E
 l plazo máximo de resolución y notificación será de 3 meses desde la publicación de la presente convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura. Transcurrido el plazo
máximo sin haberse dictado y notificado resolución expresa, las entidades interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes, de conformidad con el artículo 22.5 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4. L
 a notificación de los actos administrativos necesarios para la tramitación del procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se realizará por
medios electrónicos mediante publicación en la sede electrónica asociada
(https://tramites.juntaex.es ) a la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura,
surtiendo ésta todos los efectos de notificación practicada mediante comparecencia en la
citada sede electrónica asociada de los interesados, entendiéndose practicadas desde el
momento en que se produzca el acceso a su contenido. Complementariamente a la notificación practicada por el citado sistema y únicamente con efectos informativos, la entidad
solicitante recibirá un aviso en la dirección de correo electrónico que conste en la solicitud
de la subvención, mediante el cual se le indicará que se ha producido una notificación a
cuyo contenido podrá acceder a través del apartado habilitado a tal efecto en la dirección
electrónica https://tramites.juntaex.es.
5. L
 a resolución será notificada individualmente a cada entidad beneficiaria de conformidad
con lo dispuesto en el punto 4 del presente apartado, indicando, además, y que contra ella
cabe interponer recurso de alzada ante la Secretaria General, órgano que dicta la resolución, o directamente ante la Consejera de Salud y Servicios Sociales, órgano competente
para resolverlo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación,
de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello
sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen
oportuno, según el artículo 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.