Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Acción Social. Subvenciones. (2024040253)
Extracto del Decreto 142/2024, de 12 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la financiación de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre Sociedades a gestionar por la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 229
Lunes 25 de noviembre de 2024

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Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 142/2024, de 12 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de
subvenciones para la financiación de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % de los Impuestos sobre la Renta de
las Personas Físicas y sobre Sociedades a gestionar por la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía total máxima de la convocatoria destinada a la financiación de programas de interés general es de nueve millones setecientos cuarenta y ocho mil ciento ochenta y tres euros
con sesenta céntimos de euro (9.748.183,60 €), con cargo a la aplicación presupuestaria
110030000/G/252B/48000/TE25005001/20170098 proyecto de gasto denominado “Programas de Interés General. Asignación Tributaria 0,7 % IRPF” de los Presupuestos Generales de
la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
La convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para
atender a los derechos económicos de la misma en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la anualidad 2025.
La cuantía individualizada de subvención a conceder se determinará conforme a lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto 142/2024, de 12 de noviembre, pudiéndose conceder hasta
el 90 % de la cuantía solicitada por la entidad para la financiación del programa finalmente
aprobado.
No obstante, la cuantía individualizada máxima a conceder para la financiación de un programa de interés general será del 2,5 % de los créditos fijados en la convocatoria y para una
misma entidad, con independencia de los programas de interés general que presente, será del
5,5 % de los créditos fijados en la convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es ) del decreto de bases reguladoras y del presente extracto según se
refiere el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Las solicitudes se tramitarán de forma electrónica a través del punto de acceso general electrónico (https://www.juntaex.es/w/0709824 ), dentro de la ficha correspondiente al trámite