Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Acción Social. Subvenciones. (2024040253)
Extracto del Decreto 142/2024, de 12 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la financiación de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre Sociedades a gestionar por la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 229
Lunes 25 de noviembre de 2024

60605

EXTRACTO del Decreto 142/2024, de 12 de noviembre, por el que se
establecen las bases reguladoras de subvenciones para la financiación de
programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo
a la asignación tributaria del 0,7% de los Impuestos sobre la Renta de las
Personas Físicas y sobre Sociedades a gestionar por la Comunidad Autónoma
de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria. (2024040253)
BDNS(Identif).:798268
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones y 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index ) y en el presente Diario Oficial de
Extremadura (http://doe.juntaex.es ).
Primero. Beneficiarias.
Podrán obtener la condición de beneficiaria de estas subvenciones, las entidades del Tercer
Sector de Acción Social definidas en el artículo 2 de la Ley 10/2018, de 22 de noviembre, del
Tercer Sector Social de Extremadura, la Cruz Roja Española, así como las contempladas en el
artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, siempre que
reúnan los requisitos previstos en el artículo 4 del Decreto 142/2024, de 12 de noviembre.
Quedan excluidas de estas subvenciones los organismos o entidades de derecho público adscritos o vinculados a una administración pública, las universidades, los partidos políticos y
las fundaciones de ellos dependientes, los colegios profesionales, las cámaras oficiales de
comercio, industria y navegación, las sociedades civiles, las organizaciones empresariales y
los sindicatos, así como otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los
citados anteriormente.
Segundo. Objeto y finalidad.
La convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para financiar programas de
interés general para atender fines de interés social dirigidos a la intervención social prevista
en el artículo 1 del decreto regulador de estas subvenciones, que sean gestionados por las entidades del Tercer Sector de Acción Social y Cruz Roja Española, y se encuadren entre los programas y prioridades relacionados en el anexo I del Decreto 142/2024, de 12 de noviembre.