Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Acción Social. Subvenciones. (2024040240)
Decreto 142/2024, de 12 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la financiación de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre Sociedades a gestionar por la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria.
96 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 229
60592
Lunes 25 de noviembre de 2024
RELACIÓN CLASIFICADA DE JUSTIFICANTES POR CADA CONCEPTO DE GASTO
RELACIÓN Nº 1-A: Gastos de personal que ha realizado el programa.
Nº de orden
del
justificante
Nombre y
apellidos del
trabajador
Denominación
del puesto
NIF
Dedicación
total al
programa
en horas
Mes de
liquidación
TC1 (RNT)
NOMENCLATURA
TC2 (RNT)
Fecha
de
pago
IMPORTE MENSUAL
IMPUTADO AL PROGRAMA
Nómina
S.S.
empresa
Total
% de
retribución
imputado a
la
subvención
Observaciones
TOTALES
RELACIÓN Nº 1-B: Gastos de personal en arrendamiento de servicio o colaboración
esporádica.
Nº de
orden
del
justificante
Nombre
y
apellidos
del
acreedor
Fecha
del
contrato
Fecha
de
factura
Fecha
de
pago
Concepto/
relación
con el
programa
importe
servicio
(a)
IVA
aplicado
(b)
Total
(a+b)
Retención
IRPF
importe
imputado al
programa
con cargo a
la
subvención
Observaciones
TOTALES
RELACIÓN Nº 2: Gastos de dietas y desplazamientos del personal que ha colaborado en el
programa. (1)
Nº DE ORDEN
DEL
JUSTIFICANTE
Nombre y
apellidos del
personal
NIF
Concepto
de gasto
Fecha factura
Relación
con el
programa
Fecha de
emisión del
documento/
justificante
Fecha de
pago
Importe total
Importe
imputado al
programa con
cargo a la
subvención
Observaciones
TOTALES
(1) Los gastos de dietas y desplazamientos se subvencionarán hasta el límite de las cuantías establecidas en el
Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón de servicio, siendo la cuantía máxima de
estos gastos que podrá imputarse a la subvención será del 3 % de la subvención concedida.
60592
Lunes 25 de noviembre de 2024
RELACIÓN CLASIFICADA DE JUSTIFICANTES POR CADA CONCEPTO DE GASTO
RELACIÓN Nº 1-A: Gastos de personal que ha realizado el programa.
Nº de orden
del
justificante
Nombre y
apellidos del
trabajador
Denominación
del puesto
NIF
Dedicación
total al
programa
en horas
Mes de
liquidación
TC1 (RNT)
NOMENCLATURA
TC2 (RNT)
Fecha
de
pago
IMPORTE MENSUAL
IMPUTADO AL PROGRAMA
Nómina
S.S.
empresa
Total
% de
retribución
imputado a
la
subvención
Observaciones
TOTALES
RELACIÓN Nº 1-B: Gastos de personal en arrendamiento de servicio o colaboración
esporádica.
Nº de
orden
del
justificante
Nombre
y
apellidos
del
acreedor
Fecha
del
contrato
Fecha
de
factura
Fecha
de
pago
Concepto/
relación
con el
programa
importe
servicio
(a)
IVA
aplicado
(b)
Total
(a+b)
Retención
IRPF
importe
imputado al
programa
con cargo a
la
subvención
Observaciones
TOTALES
RELACIÓN Nº 2: Gastos de dietas y desplazamientos del personal que ha colaborado en el
programa. (1)
Nº DE ORDEN
DEL
JUSTIFICANTE
Nombre y
apellidos del
personal
NIF
Concepto
de gasto
Fecha factura
Relación
con el
programa
Fecha de
emisión del
documento/
justificante
Fecha de
pago
Importe total
Importe
imputado al
programa con
cargo a la
subvención
Observaciones
TOTALES
(1) Los gastos de dietas y desplazamientos se subvencionarán hasta el límite de las cuantías establecidas en el
Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón de servicio, siendo la cuantía máxima de
estos gastos que podrá imputarse a la subvención será del 3 % de la subvención concedida.