Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Acción Social. Subvenciones. (2024040240)
Decreto 142/2024, de 12 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la financiación de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre Sociedades a gestionar por la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 229

60592

Lunes 25 de noviembre de 2024

RELACIÓN CLASIFICADA DE JUSTIFICANTES POR CADA CONCEPTO DE GASTO

RELACIÓN Nº 1-A: Gastos de personal que ha realizado el programa.

Nº de orden
del
justificante

Nombre y
apellidos del
trabajador

Denominación
del puesto

NIF

Dedicación
total al
programa
en horas

Mes de
liquidación
TC1 (RNT)

NOMENCLATURA
TC2 (RNT)

Fecha
de
pago

IMPORTE MENSUAL
IMPUTADO AL PROGRAMA
Nómina

S.S.
empresa

Total

% de
retribución
imputado a
la
subvención

Observaciones

TOTALES

RELACIÓN Nº 1-B: Gastos de personal en arrendamiento de servicio o colaboración
esporádica.

Nº de
orden
del
justificante

Nombre
y
apellidos
del
acreedor

Fecha
del
contrato

Fecha
de
factura

Fecha
de
pago

Concepto/
relación
con el
programa

importe
servicio
(a)

IVA
aplicado
(b)

Total
(a+b)

Retención
IRPF

importe
imputado al
programa
con cargo a
la
subvención

Observaciones

TOTALES

RELACIÓN Nº 2: Gastos de dietas y desplazamientos del personal que ha colaborado en el
programa. (1)

Nº DE ORDEN
DEL
JUSTIFICANTE

Nombre y
apellidos del
personal

NIF

Concepto
de gasto

Fecha factura

Relación
con el
programa

Fecha de
emisión del
documento/
justificante

Fecha de
pago

Importe total

Importe
imputado al
programa con
cargo a la
subvención

Observaciones

TOTALES

(1) Los gastos de dietas y desplazamientos se subvencionarán hasta el límite de las cuantías establecidas en el
Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón de servicio, siendo la cuantía máxima de
estos gastos que podrá imputarse a la subvención será del 3 % de la subvención concedida.