Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Acción Social. Subvenciones. (2024040240)
Decreto 142/2024, de 12 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la financiación de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre Sociedades a gestionar por la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 229

60582

Lunes 25 de noviembre de 2024

E)
ACTIVIDADES DEL PROGRAMA. HASTA 4 PUNTOS.
Para su valoración y ponderación se tendrá en cuenta la información declarada Puntos obtenidos (a
por la entidad solicitante en el presente apartado (si las actividades del completar por la
programa se describen de forma clara, su temporalización es coherente y administración):
guardan relación con el diagnóstico social o aproximación diagnóstica del
programa, con los objetivos que se pretenden conseguir y con el perfil de la
población destinataria).

Núm.
actividad

Denominación
(debe detallarse las
actividades una
debajo de otra)

Núm. de
personas
destinatarias
previstas

Descripción
H

M

TOTAL
(1)

Ámbito
territorial
(municipios
en los que
se
desarrollará
cada
actividad)

Temporalización
(fecha de inicio
y término
prevista de
cada actividad)

Coste
Con cargo a
la
convocatoria
0,7 % IRPF
e IS (2)

TOTAL

TOTAL

(1) El número total de personas destinatarias previstas deberá coincidir con lo señalado en el apartado G).
(2) En relación con el coste de cada actividad, se tendrá en cuenta únicamente el importe de la partida presupuestaria de
gastos de actividades y el total que resulte de la suma del coste de las actividades programadas marcadas en esta tabla
deberá coincidir con el importe que para esta partida presupuestaria viene determinada en el apartado J) del
presupuesto. El importe que se prevea imputar a una actividad con cargo a la convocatoria del 0,7 % IRPF e IS podrá ser
total o parcial, reflejándose en la columna TOTAL.

Observaciones:

F)

METODOLOGÍA DEL PROGRAMA. MÁXIMO 2 PUNTOS.

Para su valoración y ponderación se tendrá en cuenta si la metodología descrita Puntos obtenidos
en el presente apartado sea la adecuada para el desarrollo de las actividades (a completar por la
propuestas y para la consecución de los objetivos, y se adapte a las necesidades administración):
de las personas o colectivos destinatarios.
(Describir la metodología que se utilizará para el desarrollo de las actividades del programa y la consecución
de los objetivos propuestos).