Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Acción Social. Subvenciones. (2024040240)
Decreto 142/2024, de 12 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la financiación de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre Sociedades a gestionar por la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 229
Lunes 25 de noviembre de 2024
60510
primera vez las subvenciones con cargo a la asignación del IRPF, con unas bases de carácter
continuista con las prioridades de financiación determinadas a nivel estatal, para facilitar el
proceso de transición al modelo de gestión mixto.
Posteriormente, en el año 2018, se aprobaron nuevas bases reguladoras mediante el Decreto
188/2018, de 13 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la financiación de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de
Extremadura con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas, que introducía algunos cambios con respecto a las anteriores bases reguladoras con la finalidad de subvencionar exclusivamente la financiación de programas de interés
general y conseguir un reparto más equitativo de los créditos disponibles en las diferentes
convocatorias, así como su adaptación al modelo de gestión aprobado por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que
ratificó en su sesión de 26 de julio de 2018 el modelo de gestión de las subvenciones para la
financiación de programas de interés general con cargo al 0,7 % del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas acordado en el Consejo Territorial del 26 de abril de 2017.
Tras seis convocatorias aprobadas al amparo del citado Decreto 188/2018, de 13 de noviembre, dada la experiencia de su aplicación en la gestión de esta línea de subvenciones, la evaluación de los programas de interés general financiados en las diferentes convocatorias por
el órgano gestor y las demandas de las entidades solicitantes para cambiar ciertos aspectos
de estas bases reguladoras, como la aplicación de una mejora en la fórmula de reparto de los
créditos disponibles en las diferentes convocatorias que facilite un reparto más equitativo de
los créditos disponibles en las diferentes convocatorias, han puesto de manifiesto la necesidad
de unas nuevas bases reguladoras.
Adicionalmente, se considera oportuno la aprobación de nuevas bases reguladoras que incorporen las novedades implementadas tras el nuevo marco en el “Acuerdo Estable sobre los
fondos del 0,7 del IRPF de Sociedades Destinados al Tercer Sector de Acción Social” aprobado
por el Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y
Atención a la Dependencia, en su sesión del 18 de junio de 2021, con un horizonte de cinco
años, en el que, entre otras cuestiones, se acordó que las Comunidades Autónomas gestionasen además de la asignación tributaria del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas y las dos terceras partes del valor del caudal relicto procedente de las herencias abintestato, la recientemente creada asignación tributaria correspondiente al 0,7 % del Impuesto
sobre Sociedades; así como las modificaciones introducidas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura por la Ley 8/2019, de 5 de
abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura y por la
Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos, con el objetivo de
Lunes 25 de noviembre de 2024
60510
primera vez las subvenciones con cargo a la asignación del IRPF, con unas bases de carácter
continuista con las prioridades de financiación determinadas a nivel estatal, para facilitar el
proceso de transición al modelo de gestión mixto.
Posteriormente, en el año 2018, se aprobaron nuevas bases reguladoras mediante el Decreto
188/2018, de 13 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la financiación de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de
Extremadura con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas, que introducía algunos cambios con respecto a las anteriores bases reguladoras con la finalidad de subvencionar exclusivamente la financiación de programas de interés
general y conseguir un reparto más equitativo de los créditos disponibles en las diferentes
convocatorias, así como su adaptación al modelo de gestión aprobado por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que
ratificó en su sesión de 26 de julio de 2018 el modelo de gestión de las subvenciones para la
financiación de programas de interés general con cargo al 0,7 % del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas acordado en el Consejo Territorial del 26 de abril de 2017.
Tras seis convocatorias aprobadas al amparo del citado Decreto 188/2018, de 13 de noviembre, dada la experiencia de su aplicación en la gestión de esta línea de subvenciones, la evaluación de los programas de interés general financiados en las diferentes convocatorias por
el órgano gestor y las demandas de las entidades solicitantes para cambiar ciertos aspectos
de estas bases reguladoras, como la aplicación de una mejora en la fórmula de reparto de los
créditos disponibles en las diferentes convocatorias que facilite un reparto más equitativo de
los créditos disponibles en las diferentes convocatorias, han puesto de manifiesto la necesidad
de unas nuevas bases reguladoras.
Adicionalmente, se considera oportuno la aprobación de nuevas bases reguladoras que incorporen las novedades implementadas tras el nuevo marco en el “Acuerdo Estable sobre los
fondos del 0,7 del IRPF de Sociedades Destinados al Tercer Sector de Acción Social” aprobado
por el Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y
Atención a la Dependencia, en su sesión del 18 de junio de 2021, con un horizonte de cinco
años, en el que, entre otras cuestiones, se acordó que las Comunidades Autónomas gestionasen además de la asignación tributaria del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas y las dos terceras partes del valor del caudal relicto procedente de las herencias abintestato, la recientemente creada asignación tributaria correspondiente al 0,7 % del Impuesto
sobre Sociedades; así como las modificaciones introducidas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura por la Ley 8/2019, de 5 de
abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura y por la
Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos, con el objetivo de