Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Enseñanza No Universitaria. Ayudas. (2024063710)
Resolución de 30 de octubre de 2024, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se convocan ayudas para el alumnado de enseñanzas postobligatorias no universitarias, matriculado en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 228
60419
Viernes 22 de noviembre de 2024
Vigesimoctavo. Efectos y recursos.
La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso de alzada ante el órgano que la dicta o ante el titular de la Consejería
de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el plazo de un mes contado desde el día
siguiente a su notificación, siendo competente para su resolución este último, de conformidad
con el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del gobierno y de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Todo ello, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier
otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 30 de octubre de 2024.
El Director General del Ente Público
Extremeño de Servicios
Educativos Complementarios,
(PD Resolución de 10 de enero
de 2024, DOE n º 9, de 12 de enero),
EDUARDO VILLAVERDE TORRECILLA
60419
Viernes 22 de noviembre de 2024
Vigesimoctavo. Efectos y recursos.
La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso de alzada ante el órgano que la dicta o ante el titular de la Consejería
de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el plazo de un mes contado desde el día
siguiente a su notificación, siendo competente para su resolución este último, de conformidad
con el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del gobierno y de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Todo ello, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier
otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 30 de octubre de 2024.
El Director General del Ente Público
Extremeño de Servicios
Educativos Complementarios,
(PD Resolución de 10 de enero
de 2024, DOE n º 9, de 12 de enero),
EDUARDO VILLAVERDE TORRECILLA