Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063849)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 228
60272
Viernes 22 de noviembre de 2024
lización y modernización de los servicios sociales en el marco del Componente 22 del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Igualmente, de conformidad con el
Acuerdo sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del
SAAD, de 28 de junio de 2022.
V
El Marco de Cooperación Interadministrativa para el año 2023 incorporó entre los criterios de
distribución para todas las comunidades autónomas, un nuevo Fondo de apoyo para el despliegue de actuaciones ligadas a los criterios comunes de acreditación y calidad de los centros
y servicios del SAAD, cuyo propósito es el impulso de las actuaciones a desarrollar por las
administraciones competentes en coherencia con los criterios de acreditación y calidad en los
centros y servicios del SAAD aprobados por Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia del 28 de junio de 2022.
Asimismo, en virtud del apartado IV. 7 del Marco de Cooperación Interadministrativa 2024,
la distribución inicial de fondos quedaba condicionada a la comprobación del cumplimiento
de mantenimiento para 2023 del importe de gasto promediado de los ejercicios 2021 y 2022
-detraídas las aportaciones estatales por los niveles mínimo y acordado- de forma que si el
gasto 2023 –detraída igualmente la aportación estatal- fuese inferior al promedio de los dos
ejercicios señalados, la diferencia se minorará del resultado final de los indicadores de dicho
reparto para el nivel acordado.
Las minoraciones derivadas de lo anterior, tal y como se estableció en el Marco de Cooperación Interadministrativa y en los convenios suscritos en el año anterior, “en caso de existir
cantidades sobrantes como consecuencia de lo anterior, se redistribuirán entre las comunidades a las que no se haya aplicado dicha minoración”.
VI
Que, por su parte, la Comunidad Autónoma de Extremadura ha dispuesto, en sus presupuestos correspondientes al año 2024, créditos para la atención a las personas en situación de dependencia en aplicación de lo previsto en el artículo 32 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
Por todo ello, las partes acuerdan libremente suscribir el presente convenio de conformidad
con las siguientes,
60272
Viernes 22 de noviembre de 2024
lización y modernización de los servicios sociales en el marco del Componente 22 del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Igualmente, de conformidad con el
Acuerdo sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del
SAAD, de 28 de junio de 2022.
V
El Marco de Cooperación Interadministrativa para el año 2023 incorporó entre los criterios de
distribución para todas las comunidades autónomas, un nuevo Fondo de apoyo para el despliegue de actuaciones ligadas a los criterios comunes de acreditación y calidad de los centros
y servicios del SAAD, cuyo propósito es el impulso de las actuaciones a desarrollar por las
administraciones competentes en coherencia con los criterios de acreditación y calidad en los
centros y servicios del SAAD aprobados por Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia del 28 de junio de 2022.
Asimismo, en virtud del apartado IV. 7 del Marco de Cooperación Interadministrativa 2024,
la distribución inicial de fondos quedaba condicionada a la comprobación del cumplimiento
de mantenimiento para 2023 del importe de gasto promediado de los ejercicios 2021 y 2022
-detraídas las aportaciones estatales por los niveles mínimo y acordado- de forma que si el
gasto 2023 –detraída igualmente la aportación estatal- fuese inferior al promedio de los dos
ejercicios señalados, la diferencia se minorará del resultado final de los indicadores de dicho
reparto para el nivel acordado.
Las minoraciones derivadas de lo anterior, tal y como se estableció en el Marco de Cooperación Interadministrativa y en los convenios suscritos en el año anterior, “en caso de existir
cantidades sobrantes como consecuencia de lo anterior, se redistribuirán entre las comunidades a las que no se haya aplicado dicha minoración”.
VI
Que, por su parte, la Comunidad Autónoma de Extremadura ha dispuesto, en sus presupuestos correspondientes al año 2024, créditos para la atención a las personas en situación de dependencia en aplicación de lo previsto en el artículo 32 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
Por todo ello, las partes acuerdan libremente suscribir el presente convenio de conformidad
con las siguientes,