Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063849)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 228
Viernes 22 de noviembre de 2024

60271

Que en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el día 23 de julio de 2024, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 86.2.Segunda de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria, se aprobó el Acuerdo por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial entre las comunidades autónomas, para su posterior sometimiento al Consejo
Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia,
del Marco de Cooperación Interadministrativa, y los criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación durante 2024 del nivel acordado, previsto
en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a
las Personas en situación de dependencia, por un importe total de 783.197.420 euros.
Que posteriormente el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, en el uso de las funciones que le atribuye el artículo 8.2.a)
de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, ha acordado, en su reunión del día 5 de agosto de
2024, el Marco de Cooperación Interadministrativa que es necesario desarrollar a través de
los correspondientes convenios con las comunidades autónomas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de dicha ley.
En los convenios celebrados entre la Administración General del Estado y cada una de las comunidades autónomas, en desarrollo del citado Marco de Cooperación Interadministrativa, se
deben establecer los objetivos específicos a cumplir por cada una de estas últimas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.2 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, para la aplicación
de las prestaciones y servicios del SAAD.
El desarrollo del citado Marco comporta la concreción de las obligaciones asumidas por la Administración General del Estado y por la Administración de las comunidades autónomas, para
la financiación de las prestaciones y servicios del SAAD.
En concreto, la aplicación de los créditos incorporados en los convenios se ligará al cumplimiento de los siguientes objetivos:
— Mejoras que redunden en las condiciones laborales de trabajadoras y trabajadores del
sistema, incluidas las mejoras en ratios de personal o la adecuación de los contratos de
servicios y conciertos de plazas.
— Actuaciones directamente ligadas a la reducción de la lista de espera.
— Mejora de la calidad de centros y servicios de acuerdo con el modelo de atención centrada en la persona, así como la adopción de soluciones innovadoras testeadas en los
proyectos piloto de innovación en prevención de la institucionalización, desinstituciona-