Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063848)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y Fundecyt-PCTEX por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del Proyecto "5071_Fundecyt-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura: Aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en Gemelos Digitales" en el ejercicio 2024.
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NÚMERO 228
Viernes 22 de noviembre de 2024
60236
• Facilitar datos a otros organismos competentes en la materia.
• Asesorar a técnicos y representantes del Ejecutivo regional en el impulso de iniciativas
orientadas a la aplicación de las medidas de la estrategia de transformación digital.
• Justificar los gastos imputables a la ejecución del convenio ante los organismos que
participan en la financiación, siguiendo los criterios que se establezcan por la Comisión de Seguimiento.
• Autorizar el registro de sus datos en una base de datos única, así como someterse a
los controles llevados a cabo por los organismos europeos: Comisión Europea, Oficina
de Lucha contra el Fraude, Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
• Garantizar el pleno cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio significativo
al medio ambiente” (principio do no significant harm - DNSH) y el etiquetado climático
y digital.
• Cumplir con la normativa europea y nacional que resulte aplicable y, en particular, con
las obligaciones que se derivan del cumplimiento del Reglamento del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, con la normativa reguladora de las Ayudas de Estado e,
igualmente, con el resto de normativa europea y nacional aplicable, en especial, las
medidas relativas a evitar fraude, corrupción, conflicto de intereses o doble financiación, en protección de los intereses financieros de la Unión.
• Y, en general, gestionar las actuaciones que se atribuyan al Equipo técnico de la Oficina Técnica en virtud de las estipulaciones de este convenio y aquéllas que estime
convenientes para la consecución de los objetivos perseguidos.
Cuarta. Ejecución del proyecto y plazo y forma de justificar la transferencia específica.
La fecha de finalización de la ejecución del proyecto será el 31 de diciembre de 2024, sin
perjuicio de que a la transferencia específica que se formaliza mediante la suscripción de este
convenio puedan imputarse los gastos derivados de tal ejecución en los que haya incurrido
desde el 1 de abril de 2024.
Los pagos derivados de la ejecución de las anteriores actuaciones, así como la acreditación
relativa a los mismos, deberán estar realizados y fechados con anterioridad al 28 de febrero
de 2025.
El plazo y la forma de justificar la ejecución de las actuaciones deberá realizarse conforme a
lo recogido en las instrucciones contenidas en el Anexo II del presente convenio.
Viernes 22 de noviembre de 2024
60236
• Facilitar datos a otros organismos competentes en la materia.
• Asesorar a técnicos y representantes del Ejecutivo regional en el impulso de iniciativas
orientadas a la aplicación de las medidas de la estrategia de transformación digital.
• Justificar los gastos imputables a la ejecución del convenio ante los organismos que
participan en la financiación, siguiendo los criterios que se establezcan por la Comisión de Seguimiento.
• Autorizar el registro de sus datos en una base de datos única, así como someterse a
los controles llevados a cabo por los organismos europeos: Comisión Europea, Oficina
de Lucha contra el Fraude, Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
• Garantizar el pleno cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio significativo
al medio ambiente” (principio do no significant harm - DNSH) y el etiquetado climático
y digital.
• Cumplir con la normativa europea y nacional que resulte aplicable y, en particular, con
las obligaciones que se derivan del cumplimiento del Reglamento del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, con la normativa reguladora de las Ayudas de Estado e,
igualmente, con el resto de normativa europea y nacional aplicable, en especial, las
medidas relativas a evitar fraude, corrupción, conflicto de intereses o doble financiación, en protección de los intereses financieros de la Unión.
• Y, en general, gestionar las actuaciones que se atribuyan al Equipo técnico de la Oficina Técnica en virtud de las estipulaciones de este convenio y aquéllas que estime
convenientes para la consecución de los objetivos perseguidos.
Cuarta. Ejecución del proyecto y plazo y forma de justificar la transferencia específica.
La fecha de finalización de la ejecución del proyecto será el 31 de diciembre de 2024, sin
perjuicio de que a la transferencia específica que se formaliza mediante la suscripción de este
convenio puedan imputarse los gastos derivados de tal ejecución en los que haya incurrido
desde el 1 de abril de 2024.
Los pagos derivados de la ejecución de las anteriores actuaciones, así como la acreditación
relativa a los mismos, deberán estar realizados y fechados con anterioridad al 28 de febrero
de 2025.
El plazo y la forma de justificar la ejecución de las actuaciones deberá realizarse conforme a
lo recogido en las instrucciones contenidas en el Anexo II del presente convenio.