Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. (2024063823)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan pruebas para la obtención directa de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 228
60443
Viernes 22 de noviembre de 2024
el anexo II de la presente resolución, podrán inscribirse en dicho módulo por estas pruebas
remitiendo escrito a través de registro oficial a la Dirección General de Formación Profesio
nal, Innovación e Inclusión Educativa, al código de destinatario DIR3: A11005375, y adjun
tando en la instancia el abono de la tasa correspondiente establecida en el resuelvo cuarto.
2. La solicitud deberá registrarse dentro del plazo de presentación de solicitudes establecido
en el anexo III.
Decimoctavo. Medidas de aplicación.
La Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, podrá dictar
las instrucciones que se consideren necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la pre
sente resolución.
Decimonoveno. Eficacia y recursos.
1. E
sta resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
2. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán inter
poner, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Conseje
ría competente en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación
en el Diario Oficial de Extremadura, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
3. Asimismo, podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tri
bunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme lo previsto en
el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Conten
cioso-administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio de 1998). Todo ello, sin perjuicio la
posibilidad de interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 15 de noviembre de 2024.
El Director General de Formación
Profesional, Innovación e Inclusión
Educativa,
PEDRO ANTONIO PÉREZ DURÁN
60443
Viernes 22 de noviembre de 2024
el anexo II de la presente resolución, podrán inscribirse en dicho módulo por estas pruebas
remitiendo escrito a través de registro oficial a la Dirección General de Formación Profesio
nal, Innovación e Inclusión Educativa, al código de destinatario DIR3: A11005375, y adjun
tando en la instancia el abono de la tasa correspondiente establecida en el resuelvo cuarto.
2. La solicitud deberá registrarse dentro del plazo de presentación de solicitudes establecido
en el anexo III.
Decimoctavo. Medidas de aplicación.
La Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, podrá dictar
las instrucciones que se consideren necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la pre
sente resolución.
Decimonoveno. Eficacia y recursos.
1. E
sta resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
2. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán inter
poner, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Conseje
ría competente en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación
en el Diario Oficial de Extremadura, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
3. Asimismo, podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tri
bunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme lo previsto en
el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Conten
cioso-administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio de 1998). Todo ello, sin perjuicio la
posibilidad de interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 15 de noviembre de 2024.
El Director General de Formación
Profesional, Innovación e Inclusión
Educativa,
PEDRO ANTONIO PÉREZ DURÁN