Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. (2024063839)
Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, por la que se modifica la organización de los servicios sociales de atención social básica y del número de profesionales para la prestación de información, valoración y orientación.
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NÚMERO 228
Viernes 22 de noviembre de 2024
60377
profesionales del Trabajo Social reconocidos, referente a un incremento en 1 del número de
profesionales del Trabajo Social para la prestación de información, valoración y orientación
del servicio social motivado por una sobrecarga del mismo derivado de un número mayor
de usuarios demandante del servicio social con problemáticas diversas, necesitando por ello
contar con profesionales adecuados para gestionar de manera más eficaz y eficiente la importante demanda que se lleva a cabo. Asimismo, presenta una ratio de 3.330 habitantes por
profesional del Trabajo Social, por encima de 3.000 habitantes por profesional prevista en el
artículo 15.1 de la Ley 14/2015, de 9 de abril.
Dicha solicitud de incremento supone un total de 3 profesionales reconocidos para la prestación, tras la modificación, y ello atendiendo a las disponibilidades presupuestarias existentes
y a las necesidades detectadas en el citado servicio social.
Cuarto. Atendiendo a las disponibilidades presupuestarias existentes y a las necesidades detectadas en cada servicio social de atención social básica por la Secretaría General de Servicios
Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, y según informe técnico de esta Secretaria General de
27 de septiembre de 2024, se propone un incremento del número de profesionales de Trabajo
Social para la prestación de información, valoración y orientación reconocidos por la Consejería
de Salud y Servicios Sociales para los siguientes servicios sociales de atención social básica
que cuentan con una ratio superior a 4.000 habitantes por profesional del Trabajo Social, lo
que conlleva a una mejor asignación de los recursos con la adecuación de la ratio de un trabajador o trabajadora social y del funcionamiento de la prestación de cada servicio social en
atención al número de municipios o entidades locales menores que lo integran, cumpliéndose
de este modo la finalidad establecida en el artículo 15.1 de la Ley 14/2015, de 9 de abril, de
Servicios Sociales de Extremadura, de una ratio de un trabajador o trabajadora social por cada
3.000 habitantes, ofreciendo una atención de carácter universal y global a las necesidades
sociales actuales, y garantizar una adecuada atención social en la atención social básica:
1. El servicio social de atención social básica “018 Badajoz” para la prestación de información, valoración y orientación se presta a través de municipio –único-, gestionado
por organismo público dependiente del Ayuntamiento de Badajoz (Instituto Municipal
de Servicios Social -IMSS-), atiende a una población de 150.190 habitantes, según los
últimos datos de población publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) –
Cifras Oficiales de Población de los Municipios Españoles: Real Decreto 1085/2023, de
5 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la
revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2023-, cuenta con un número
de 37 profesionales del Trabajo Social reconocidos (Resolución de 22 de noviembre de
2023. DOE núm. 227, de 27 de noviembre de 2023), siendo la ratio de 1 profesional por
cada 4.058 habitantes, y se incrementaría en 1 el número de profesionales, quedando
el servicio social con un total de 38 profesionales reconocidos para la prestación y con
una ratio de 1 profesional por cada 3.952 habitantes.
Viernes 22 de noviembre de 2024
60377
profesionales del Trabajo Social reconocidos, referente a un incremento en 1 del número de
profesionales del Trabajo Social para la prestación de información, valoración y orientación
del servicio social motivado por una sobrecarga del mismo derivado de un número mayor
de usuarios demandante del servicio social con problemáticas diversas, necesitando por ello
contar con profesionales adecuados para gestionar de manera más eficaz y eficiente la importante demanda que se lleva a cabo. Asimismo, presenta una ratio de 3.330 habitantes por
profesional del Trabajo Social, por encima de 3.000 habitantes por profesional prevista en el
artículo 15.1 de la Ley 14/2015, de 9 de abril.
Dicha solicitud de incremento supone un total de 3 profesionales reconocidos para la prestación, tras la modificación, y ello atendiendo a las disponibilidades presupuestarias existentes
y a las necesidades detectadas en el citado servicio social.
Cuarto. Atendiendo a las disponibilidades presupuestarias existentes y a las necesidades detectadas en cada servicio social de atención social básica por la Secretaría General de Servicios
Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, y según informe técnico de esta Secretaria General de
27 de septiembre de 2024, se propone un incremento del número de profesionales de Trabajo
Social para la prestación de información, valoración y orientación reconocidos por la Consejería
de Salud y Servicios Sociales para los siguientes servicios sociales de atención social básica
que cuentan con una ratio superior a 4.000 habitantes por profesional del Trabajo Social, lo
que conlleva a una mejor asignación de los recursos con la adecuación de la ratio de un trabajador o trabajadora social y del funcionamiento de la prestación de cada servicio social en
atención al número de municipios o entidades locales menores que lo integran, cumpliéndose
de este modo la finalidad establecida en el artículo 15.1 de la Ley 14/2015, de 9 de abril, de
Servicios Sociales de Extremadura, de una ratio de un trabajador o trabajadora social por cada
3.000 habitantes, ofreciendo una atención de carácter universal y global a las necesidades
sociales actuales, y garantizar una adecuada atención social en la atención social básica:
1. El servicio social de atención social básica “018 Badajoz” para la prestación de información, valoración y orientación se presta a través de municipio –único-, gestionado
por organismo público dependiente del Ayuntamiento de Badajoz (Instituto Municipal
de Servicios Social -IMSS-), atiende a una población de 150.190 habitantes, según los
últimos datos de población publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) –
Cifras Oficiales de Población de los Municipios Españoles: Real Decreto 1085/2023, de
5 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la
revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2023-, cuenta con un número
de 37 profesionales del Trabajo Social reconocidos (Resolución de 22 de noviembre de
2023. DOE núm. 227, de 27 de noviembre de 2023), siendo la ratio de 1 profesional por
cada 4.058 habitantes, y se incrementaría en 1 el número de profesionales, quedando
el servicio social con un total de 38 profesionales reconocidos para la prestación y con
una ratio de 1 profesional por cada 3.952 habitantes.