Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063828)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Ampliación de la L-4850-02 "Vegas de Coria" de la STR "Caminomorisco", de 20 kV, para nueva alimentación a la alquería de Huetre", a realizar en el término municipal de Casares de las Hurdes (Cáceres), cuya promotora es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA23/1496.
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NÚMERO 228
Viernes 22 de noviembre de 2024

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Otras cuestiones.
En lo que respecta a actuaciones relacionadas con la vegetación en dominio público hidráulico, o su zona de policía, se deberá disponer de autorización por parte de la Confederación
Hidrográfica del Tajo. Además, se realizan las siguientes indicaciones:


— Si se prevén desbroces se indica que se utilizarán medios manuales. En el caso de
que excepcionalmente se utilicen medios mecánicos para realizar alguna de las labores, éstas no deberán afectar al dominio público hidráulico ni a su conformación,
ni provocar alteraciones en el sistema fluvial. Si estos medios mecánicos incluyeran
el uso de maquinaria pesada, se evitará su acceso al dominio público hidráulico, debiendo realizar las actuaciones desde sus márgenes, extremando los cuidados para
que no se produzcan erosiones o alteraciones en el terreno que conforma las riberas.



— No se eliminará toda la vegetación del dominio público hidráulico, debiendo ceñirse
la actuación a la retirada selectiva de plantas herbáceas o arbustivas anuales que
puedan impedir el acceso al dominio público hidráulico o la realización de las obras/
actuaciones.



— Para la eliminación o control de la vegetación no está permitido el uso de herbicidas
o cualquier otro tipo de sustancias químicas. Tampoco se permite la incorporación
al dominio público hidráulico de materiales, estructuras y sustancias distintos a los
existentes.



— No se podrán llevar a cabo, en ningún caso, obras de movimientos de tierras que
alteren la sección del dominio público hidráulico o su configuración, como serían la
retirada de sedimentos o su distribución dentro del propio dominio público hidráulico.



— Deberá mantenerse intacta la morfología del dominio público hidráulico, y no provocar cambios en su lecho o en los taludes de sus riberas, no contemplándose por lo
tanto ni la apertura de caja ni el perfilado de taludes.



— Una vez finalizadas las actuaciones se deberá dejar el dominio público hidráulico en
condiciones normales de desagüe. En este sentido, la zona deberá quedar limpia de
cualquier producto sobrante de las mismas y los restos vegetales resultantes del
desarrollo de los trabajos no se abandonarán en el dominio público hidráulico o en la
zona de policía, debiendo retirarse para su adecuada gestión.

En cuanto a la construcción de viales, se hacen las siguientes indicaciones:


— El parque de maquinaria y las instalaciones auxiliares se ubicarán en una zona donde
las aguas superficiales no se vayan a ver afectadas. Para ello, se controlará la esco-