Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024040248)
Extracto del Decreto 129/2024, de 15 de octubre, por el que se realiza la primera convocatoria de ayudas a otorgar a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes.
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NÚMERO 228
Viernes 22 de noviembre de 2024
60173
b) Ayudas destinadas a entidades locales menores que a la fecha de publicación de la convocatoria, estén constituidas legalmente conforme a lo establecido en la Ley 17/2010,
de 22 de diciembre, de Mancomunidades y Entidades Locales Menores.
Tercero. Bases reguladoras.
Estas ayudas se regirán por lo dispuesto en el Decreto 129/2024, de 15 de octubre, por el
que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a entidades locales de menos
de 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura destinadas al desarrollo de
Pueblos Inteligentes y se aprueba la primera convocatoria
Cuarto. Financiación y cuantía.
1. El importe de la convocatoria asciende a un millón quinientos mil euros (1.500.000 €), código fondo FD211A1202, con cargo a la aplicación presupuestaria 140070000G/332A/76000
código de gasto 20240439, denominado “AYUDAS PARA EL DISEÑO E IMPLANTACIÓN DE
PROYECTOS DE “SMART VILLAGE”, con una cofinanciación del 85%, con cargo al “Programa
Extremadura FEDER 2021-2027”,
El desglose del gasto del importe de la convocatoria calculado por anualidades será el siguiente:
Línea Entidades Locales: 1.300.000 euros.
Línea Entidades Locales Menores: 200.000 euros.
2. E
l crédito asignado para cada anualidad y para cada línea será el siguiente:
— Anualidad 2025:
Línea Entidades Locales: 650.000 euros.
Línea Entidades Locales Menores: 100.000 euros.
— Anualidad 2026:
Línea Entidades Locales: 650.000 euros.
Línea Entidades Locales Menores: 100.000 euros.
3. E
l importe de subvención por entidad local consistirá en un porcentaje máximo del 80 % de
la inversión subvencionable. Dicho máximo de subvención se obtendrá teniendo en cuenta
los siguientes tramos de población, según los últimos datos publicados por el INE a la fecha
de publicación de la convocatoria:
Viernes 22 de noviembre de 2024
60173
b) Ayudas destinadas a entidades locales menores que a la fecha de publicación de la convocatoria, estén constituidas legalmente conforme a lo establecido en la Ley 17/2010,
de 22 de diciembre, de Mancomunidades y Entidades Locales Menores.
Tercero. Bases reguladoras.
Estas ayudas se regirán por lo dispuesto en el Decreto 129/2024, de 15 de octubre, por el
que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a entidades locales de menos
de 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura destinadas al desarrollo de
Pueblos Inteligentes y se aprueba la primera convocatoria
Cuarto. Financiación y cuantía.
1. El importe de la convocatoria asciende a un millón quinientos mil euros (1.500.000 €), código fondo FD211A1202, con cargo a la aplicación presupuestaria 140070000G/332A/76000
código de gasto 20240439, denominado “AYUDAS PARA EL DISEÑO E IMPLANTACIÓN DE
PROYECTOS DE “SMART VILLAGE”, con una cofinanciación del 85%, con cargo al “Programa
Extremadura FEDER 2021-2027”,
El desglose del gasto del importe de la convocatoria calculado por anualidades será el siguiente:
Línea Entidades Locales: 1.300.000 euros.
Línea Entidades Locales Menores: 200.000 euros.
2. E
l crédito asignado para cada anualidad y para cada línea será el siguiente:
— Anualidad 2025:
Línea Entidades Locales: 650.000 euros.
Línea Entidades Locales Menores: 100.000 euros.
— Anualidad 2026:
Línea Entidades Locales: 650.000 euros.
Línea Entidades Locales Menores: 100.000 euros.
3. E
l importe de subvención por entidad local consistirá en un porcentaje máximo del 80 % de
la inversión subvencionable. Dicho máximo de subvención se obtendrá teniendo en cuenta
los siguientes tramos de población, según los últimos datos publicados por el INE a la fecha
de publicación de la convocatoria: