Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024040217)
Decreto 129/2024, de 15 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 228
Viernes 22 de noviembre de 2024
60095
tiene interés en promover en nuestra región el concepto de Smart Cities, adaptando su terminología a la realidad de Extremadura y denominándolo Pueblos Inteligentes. Se consideran
pueblos inteligentes a aquellas localidades que deciden afrontar un proceso de digitalización y
cambio, organizativo, tecnológico, económico y social, con la visión de transformarse en una
localidad dinámica, capaz de responder con eficiencia y calidad a las nuevas expectativas que
demanda la sociedad mediante la innovación y el uso de la tecnología. Dicho de otra forma,
un pueblo inteligente es aquel que utiliza la tecnología para optimizar la calidad de vida de
sus habitantes, promover la sostenibilidad y mejorar la eficiencia en la prestación de servicios
públicos.
Esta actuación se instrumentalizará a través de ayudas destinadas al apoyo e impulso del proceso de transformación inteligente de las entidades locales de menos de 20.000 habitantes,
dotándolas de soluciones que impulsen el valor de los datos como instrumento para la innovación y para la mejora de los servicios públicos que se ofrecen a los ciudadanos, avanzando así
en la transformación de la Comunidad Autónoma de Extremadura en un Territorio Inteligente.
Ya se han celebrado otras convocatorias de ayudas en el ámbito de los pueblos inteligentes
en los años 2021 y 2022 teniendo un gran número de solicitantes y beneficiarios. Por ello,
se pretende dar continuidad a estas ayudas dentro del nuevo programa operativo FEDER
2021-2027 pero con dos diferencias claras. Por una parte, favorecer que todos los municipios, independientemente de su tamaño y características, tengan la oportunidad de acceder
a estas ayudas. Por este motivo se plantean en este decreto dos modalidades diferenciando
las entidades locales menores y el resto de las entidades locales. Por otra parte, se pretende
dar más relevancia a aquellos servicios que impactan de una forma más directa en la vida de
los ciudadanos.
Estas ayudas están alineadas con la Estrategia de Digitalización de Extremadura 21-27 dentro
del Eje 2, línea L2.2. Territorio Inteligente, Medida 1. Desarrollo de un territorio inteligente.
Por otra parte, el establecimiento de las ayudas que contempla el presente decreto contribuye
al objetivo fundamental de fijación de la población en el medio rural, al favorecer la implantación de aplicaciones y servicios tecnológicos avanzados en los municipios de menor tamaño.
Por ese motivo, esta actuación se considera una medida adecuada de la política de la Junta de
Extremadura ante el reto demográfico y territorial.
El procedimiento de concesión de la subvención se tramitará en régimen de concurrencia
competitiva, mediante convocatoria periódica, existiendo varios criterios para valorar el proyecto presentados. Dicha convocatoria deberá ser publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Viernes 22 de noviembre de 2024
60095
tiene interés en promover en nuestra región el concepto de Smart Cities, adaptando su terminología a la realidad de Extremadura y denominándolo Pueblos Inteligentes. Se consideran
pueblos inteligentes a aquellas localidades que deciden afrontar un proceso de digitalización y
cambio, organizativo, tecnológico, económico y social, con la visión de transformarse en una
localidad dinámica, capaz de responder con eficiencia y calidad a las nuevas expectativas que
demanda la sociedad mediante la innovación y el uso de la tecnología. Dicho de otra forma,
un pueblo inteligente es aquel que utiliza la tecnología para optimizar la calidad de vida de
sus habitantes, promover la sostenibilidad y mejorar la eficiencia en la prestación de servicios
públicos.
Esta actuación se instrumentalizará a través de ayudas destinadas al apoyo e impulso del proceso de transformación inteligente de las entidades locales de menos de 20.000 habitantes,
dotándolas de soluciones que impulsen el valor de los datos como instrumento para la innovación y para la mejora de los servicios públicos que se ofrecen a los ciudadanos, avanzando así
en la transformación de la Comunidad Autónoma de Extremadura en un Territorio Inteligente.
Ya se han celebrado otras convocatorias de ayudas en el ámbito de los pueblos inteligentes
en los años 2021 y 2022 teniendo un gran número de solicitantes y beneficiarios. Por ello,
se pretende dar continuidad a estas ayudas dentro del nuevo programa operativo FEDER
2021-2027 pero con dos diferencias claras. Por una parte, favorecer que todos los municipios, independientemente de su tamaño y características, tengan la oportunidad de acceder
a estas ayudas. Por este motivo se plantean en este decreto dos modalidades diferenciando
las entidades locales menores y el resto de las entidades locales. Por otra parte, se pretende
dar más relevancia a aquellos servicios que impactan de una forma más directa en la vida de
los ciudadanos.
Estas ayudas están alineadas con la Estrategia de Digitalización de Extremadura 21-27 dentro
del Eje 2, línea L2.2. Territorio Inteligente, Medida 1. Desarrollo de un territorio inteligente.
Por otra parte, el establecimiento de las ayudas que contempla el presente decreto contribuye
al objetivo fundamental de fijación de la población en el medio rural, al favorecer la implantación de aplicaciones y servicios tecnológicos avanzados en los municipios de menor tamaño.
Por ese motivo, esta actuación se considera una medida adecuada de la política de la Junta de
Extremadura ante el reto demográfico y territorial.
El procedimiento de concesión de la subvención se tramitará en régimen de concurrencia
competitiva, mediante convocatoria periódica, existiendo varios criterios para valorar el proyecto presentados. Dicha convocatoria deberá ser publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.