Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Innovación Educativa. (2024063810)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que convoca la selección de proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2024/25.
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NÚMERO 227
Jueves 21 de noviembre de 2024

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uno y otro caso será valorada teniendo en cuenta los criterios de evaluación, así como
el procedimiento que se detallan en los resuelvos 6, 7 y 8 de la presente resolución de
convocatoria”.
13. El proyecto debe de estar contextualizado, valorándose positivamente la apertura al entorno, la integración de otros recursos y la participación de la comunidad educativa.
14. Desde el momento en el que el proyecto sea aprobado, será publicitado en la web del
centro, y en las redes sociales. Al menos una vez al trimestre quedarán reflejadas las
actuaciones que se lleven a cabo, con textos, imágenes y vídeos que muestren el trabajo
realizado y los objetivos que se van alcanzando. Dichas actuaciones formarán parte del
portafolio de evidencias justificativas. La persona responsable del Centro de Profesores y
de Recursos de referencia que haya sido asignado a cada proyecto, colaborará y acompañará en el proceso de difusión de acciones y experiencias del proyecto.
15. La selección de un proyecto de conformidad con lo dispuesto en la presente resolución
supone la aceptación del compromiso individual del profesorado participante en el desarrollo del mismo.
Cuarto. Participantes en los proyectos y requisitos de participación.
1. Los proyectos de innovación estarán conformados por docentes en activo que, durante el
tiempo en el que se va a desarrollar el proyecto, presten sus servicios en centros docentes
no universitarios mantenidos con fondos públicos. Igualmente, podrán participar Equipos
de Orientación Educativa y Psicopedagógica, Generales, Específicos y de Atención Temprana, así como educadores sociales y otros sectores de la comunidad educativa.
Con relación al compromiso con los proyectos y programas del centro e impulso a la innovación educativa, la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica
la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su título V, capítulo II referido a
la autonomía de los centros, artículo 120, establece que las Administraciones educativas
favorecerán la autonomía de los centros de forma que sus recursos económicos, materiales y humanos puedan dar respuesta y viabilidad a los proyectos educativos y propuestas
de organización que elaboren. Además de lo anterior, se presta particular atención a la
autonomía de los centros docentes, tanto en lo pedagógico como en la elaboración de sus
normas de organización y funcionamiento.
Por otra parte, en dicho artículo, en su punto cuatro, establece que los centros, en el
ejercicio de su autonomía, pueden adoptar experimentaciones, innovaciones pedagógicas,
programas educativos, planes de trabajo, formas de organización, normas de convivencia
o ampliación del calendario escolar o del horario lectivo de ámbitos, áreas o materias, en
los términos que establezcan las Administraciones educativa.