Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Del Profesorado. (2024063808)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la selección de proyectos de formación en centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 227
Jueves 21 de noviembre de 2024
59973
universitarios, sostenidos con fondos públicos e incluyendo, en su caso, al Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica (Generales, Específicos y de Atención Temprana), (en
adelante EOEP), educadores sociales y miembros de la comunidad educativa de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Tercero. Líneas de participación en los proyectos de formación en centros.
1. Las actividades de formación se encuadran en un itinerario formativo concreto e irán encaminadas a la adquisición de competencias profesionales docentes en el ámbito de las
buenas prácticas educativas de sus respectivas líneas formativas, de acuerdo a lo indicado
en el artículo 4 de la Orden de 31 de octubre de 2024 en relación al establecimiento y concreción de las líneas de participación a las que puede acogerse los centros solicitantes, se
establecen las siguientes líneas formativas para el presente curso académico:
A. Línea A: Desarrollo de competencias clave en el alumnado.
Comprende la realización de actividades de formación en los propios centros educativos
relacionadas con el desarrollo de competencias clave en el alumnado.
Los centros deberán indicar en sus proyectos los aspectos sobre los que desean trabajar a la luz de la experiencia de años anteriores. Para la redacción de sus proyectos
podrán contar con el asesoramiento de la citada red de formación de modo que estos
resulten operativos y adaptados a su contexto. En su valoración previa, se primará la
docencia colaborativa en el mismo grupo-clase de la participación en el proyecto. No se
considerarán comprendidas las actividades de elaboración de documentos exigidos por
la administración.
Desde la red de formación se realizará un seguimiento del proceso para dotar de herramientas e indicadores adecuados tanto a un proceso de valoración inicial que pudieran
plantearse los centros o equipos de orientación educativa y psicopedagógica como al
desarrollo de la formación propiamente dicha. Esta formación se orientará hacia el
trabajo en el aula mediante tareas, proyectos y unidades didácticas y situaciones de
aprendizaje en las que se integren los diseños curriculares en vigor, concreciones curriculares, transposiciones didácticas variadas, procedimientos de evaluación etc.
B. Línea B: desarrollo de competencias profesionales docentes en lo relativo a las competencias idiomáticas.
Respecto de la competencia idiomática, comprende la realización de actividades de
formación en los propios centros educativos o EOEP relacionadas con idiomas, especialmente las que tengan como objetivo la mejora de las destrezas orales del alumnado a
Jueves 21 de noviembre de 2024
59973
universitarios, sostenidos con fondos públicos e incluyendo, en su caso, al Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica (Generales, Específicos y de Atención Temprana), (en
adelante EOEP), educadores sociales y miembros de la comunidad educativa de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Tercero. Líneas de participación en los proyectos de formación en centros.
1. Las actividades de formación se encuadran en un itinerario formativo concreto e irán encaminadas a la adquisición de competencias profesionales docentes en el ámbito de las
buenas prácticas educativas de sus respectivas líneas formativas, de acuerdo a lo indicado
en el artículo 4 de la Orden de 31 de octubre de 2024 en relación al establecimiento y concreción de las líneas de participación a las que puede acogerse los centros solicitantes, se
establecen las siguientes líneas formativas para el presente curso académico:
A. Línea A: Desarrollo de competencias clave en el alumnado.
Comprende la realización de actividades de formación en los propios centros educativos
relacionadas con el desarrollo de competencias clave en el alumnado.
Los centros deberán indicar en sus proyectos los aspectos sobre los que desean trabajar a la luz de la experiencia de años anteriores. Para la redacción de sus proyectos
podrán contar con el asesoramiento de la citada red de formación de modo que estos
resulten operativos y adaptados a su contexto. En su valoración previa, se primará la
docencia colaborativa en el mismo grupo-clase de la participación en el proyecto. No se
considerarán comprendidas las actividades de elaboración de documentos exigidos por
la administración.
Desde la red de formación se realizará un seguimiento del proceso para dotar de herramientas e indicadores adecuados tanto a un proceso de valoración inicial que pudieran
plantearse los centros o equipos de orientación educativa y psicopedagógica como al
desarrollo de la formación propiamente dicha. Esta formación se orientará hacia el
trabajo en el aula mediante tareas, proyectos y unidades didácticas y situaciones de
aprendizaje en las que se integren los diseños curriculares en vigor, concreciones curriculares, transposiciones didácticas variadas, procedimientos de evaluación etc.
B. Línea B: desarrollo de competencias profesionales docentes en lo relativo a las competencias idiomáticas.
Respecto de la competencia idiomática, comprende la realización de actividades de
formación en los propios centros educativos o EOEP relacionadas con idiomas, especialmente las que tengan como objetivo la mejora de las destrezas orales del alumnado a