Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063806)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y el Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura para la formación de facultativos en materia de conservación, rehabilitación y restauración del patrimonio histórico.
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NÚMERO 226
Miércoles 20 de noviembre de 2024

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Coordinación de la actividad investigadora financiada con fondos públicos de la Comunidad
Autónoma. Innovación y desarrollo tecnológicos”.
Asimismo, establece en su artículo 9.1.47 que corresponde a la Comunidad Autónoma de
Extremadura la competencia exclusiva en “Cultura en cualquiera de sus manifestaciones”, así
como en materia de “Patrimonio histórico y cultural de interés para la Comunidad Autónoma".
Segundo. En desarrollo de esta competencia se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de
Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. En su artículo 1.1 se recoge que su objeto
es “la protección, conservación, engrandecimiento, difusión y estímulo del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, así como su investigación y transmisión a las generaciones
venideras con el fin de preservar la tradición histórica de la Comunidad y su pasado cultural,
servir de incentivo a la creatividad y situar a los ciudadanos de Extremadura ante sus raíces
culturales”.
Estas competencias se encuentran atribuidas a la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y
Deportes de conformidad con el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que
se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en virtud de las facultades que tiene
conferidas por el artículo 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En concreto, conforme a lo estipulado
en el Decreto 236/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, corresponde a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, el “impulso, integración y desarrollo de las
actividades de conservación, engrandecimiento, difusión y estímulo del patrimonio histórico y
cultural de Extremadura”.
Por su parte, en el artículo 2.4 de la mencionada Ley 2/1999, de 29 de marzo se recoge que:
“La Junta de Extremadura adoptará las medidas necesarias para facilitar su colaboración con
las demás Administraciones Públicas, así como con instituciones públicas o privadas. Fomentará intercambios culturales y promoverá la celebración de convenios y acuerdos para la mejor difusión del Patrimonio Histórico y Cultural extremeño”.
Tercero. Por su parte, el Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura (COADE), creado por
Real Decreto 2973/1980, de 22 de diciembre (BOE n.º 20, de 23 de enero de 1981), tiene
por objeto primordial promover la mejor realización de las funciones profesionales propias de
los arquitectos sirviendo al interés general de la sociedad en el ámbito de esta Comunidad
Autónoma, tal y recoge su artículo 1 de sus Estatutos.
El Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura es una corporación de derecho público, con
personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.