Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063796)
Resolución de 10 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 11,30 ha de olivar superintensivo en el polígono 12, parcelas 31, 33 y 37, a ubicar en el término municipal de Acedera (Badajoz), promovido por Aldanza Servicios Integrales, SL. Expte.: IA23/1004.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 226
Miércoles 20 de noviembre de 2024

59810

En aras de mitigar cualquier impacto que el proyecto pudiese provocar sobre el patrimonio histórico y arqueológico, el promotor del proyecto deberá asumir el desarrollo
de cuantas acciones encaminadas a la difusión, divulgación y socialización del conocimiento consideren oportunas a juicio de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural a partir de las características que presenten las actuaciones arqueológicas autorizadas. En el caso de implementarse medidas destinadas a tales fines, éstas, aparecerán recogidas en los correspondientes informes de viabilidad arqueológica
emitidos tras la ejecución del programa de medidas preventivas vinculadas al proyecto
en trámites.
4.2. Medidas en la fase de construcción.
— La instalaciones de la maquinaria susceptible de la generación de molestias por ruidos
y vibraciones, deberá cuidare en su ejecución, con actuación a las posibles molestias
que pudieran derivarse de su funcionamiento mediante la utilización de elementos antivibratorios y potenciación expresa del aislamiento acústico, en caso necesario, en el
entorno de ubicación de la misma, de forma que las posibles transmisiones a lo locales
y los espacios colindantes, sean inferiores a los límites máximos admisibles según la
normativa vigente.
— Se procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras, al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del proyecto.
— Se realizarán los mínimos movimientos de tierras posibles y se dispondrán las medidas
necesarias para evitar procesos erosivos. En el caso de las excavaciones de las zanjas
para instalar la red de riego, se reutilizará la tierra extraída para su posterior relleno y
en el caso de existir sobrantes se esparcirán de manera regular en las inmediaciones.
— Se realizará una inspección visual de las obras de excavación de manera diaria, para
asegurarse de que ningún pequeño animal ha podido caer dentro de ellas. A este respecto, se pueden instalar tablones provisionales a modo de rampa de escape que se irán
retirando según vayan avanzando las obras o contarán con algún otro sistema de escape
adecuado.
— En cuanto a las tierras y piedras de excavación, en cumplimiento del principio de jerarquía en la gestión de residuos, se deberá priorizar su reutilización en la propia obra, y si
ello no fuera posible se deberán valorizar mediante su uso en restauración, acondicionamiento o relleno, evitando en todo caso su eliminación en vertedero. En este sentido,
se deberá cumplir lo establecido en la Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre, sobre
normas generales de valorización de materiales naturales excavados para su utilización