Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063797)
Resolución de 10 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 4 del Plan General Municipal de Berrocalejo. Expte.: IA24/1068.
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NÚMERO 226
Miércoles 20 de noviembre de 2024

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de 30 de mayo de 2013, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de
Extremadura, publicado en el DOE n.º 186 de 26 de septiembre de 2013. Para la fiscalización y aprobación por esta Dirección General de las modificaciones puntuales del
planeamiento vigente existe un procedimiento específico regulado en los artículos 49 y
50 de la Ley 11/2018, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura
y en el artículo 60 de su Reglamento General, aprobado por Decreto 142/2021, de 21
de diciembre, en el que se encuentra integrada la evaluación ambiental estratégica.
— La Confederación Hidrográfica del Tajo informa que, examinada la cartografía oficial, se
comprueba que las parcelas objeto de la modificación puntual n.º 4 del Plan General
Municipal de Berrocalejo (Cáceres) se encuentran en la zona del policía del arroyo del
Pilón. Se ha efectuado consulta en el visor del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas
Inundables (SNCZI), https://sig.mapama.es/snczi/ , observándose la inexistencia de
estudios oficiales relativos a dominio público hidráulico, zona de flujo preferente o Áreas
de Riesgo Potencial Significativo de Inundación en el ámbito de actuación. Asimismo, en
el citado visor no se detecta que las parcelas objeto de la modificación puntual asienten
sobre ninguna masa de agua subterránea.
En relación al abastecimiento, el municipio de Berrocalejo cuenta en la actualidad con
una concesión de aguas de embalse de Valdecañas para abastecimiento de la población,
otorgada al ayuntamiento por Resolución de la Presidencia de Confederación Hidrográfica del tajo de fecha 31 de mayo de 2013. Asimismo, se ha comprobado que con fecha
24 de junio de 2024, se encuentra suspendida la tramitación del expediente de modificación de características de la citada concesión, hasta que se ponga en conocimiento de
este organismo el informe de la Gerencia del Área de Salud de la Junta de Extremadura.
Consultado el Censo de Vertidos Autorizados de esta Confederación, actualizado a fecha
30 de junio de 2024, se comprueba que la EDAR Berrocalejo, cuyo titular es el Ayuntamiento de Berrocalejo, dispone de un vertido autorizado al arroyo del Pilón de un
volumen anual de e 21.664 m3.
Se ha comprobado la inexistencia de reservas hidrológicas en el término municipal
de Berrocalejo. En lo referente a zonas protegidas recogidas oficialmente en el PHT
2023-2027, los ámbitos objeto de la presente modificación se encuentran en el área
de captación de la zona sensible “ES030ZSENESCM548 - Embalse de Valdecañas” y en
las zonas de abastecimiento identificadas con los códigos: ES030ZCCM0000004487,
ES030ZCCM0000000037 y ES030ZCCM0000000526.
En la puesta en práctica de cualquier actuación que surja como consecuencia de la Modificación planteada se recomienda tener en cuenta las siguientes consideraciones para