Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063797)
Resolución de 10 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 4 del Plan General Municipal de Berrocalejo. Expte.: IA24/1068.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 226
Miércoles 20 de noviembre de 2024

59819

dos incluidos en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (CREAE)
(Decreto 78/2018, modificado por el Decreto 37/2001) o incluidos en el anexo II de la
Directiva Hábitat. Por lo tanto, no se prevé que la aprobación de la modificación propuesta pueda afectar de forma apreciable a ningún valor ambiental ni a espacios de la
Red Natura 2000, objeto del presente informe. Informa favorablemente la modificación
puntual n.º 4 del Plan General Municipal de Berrocalejo, ya que no es susceptible de
afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén
afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos.
— El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Gestión Forestal,
Caza y Pesca, informa que, la superficie afectada por la modificación puntual afectará a
terrenos forestales, en concreto, las zonas con uso Sigpac MT.
Se han estudiado las características particulares de la zona objeto de solicitud, valorado
los posibles efectos de la actividad, no siendo representativa la zona de uso forestal
que se pretende transformar a Suelo Urbano considerando que la superficie en cuestión
carece de especiales valores forestales a conservar y que se encuentra colindante con
el límite de suelo urbano actual, por tanto se informa favorablemente a la planificación
presentada para la modificación puntual n.º 4 del Planeamiento del término municipal
de Berrocalejo.
Si fuera de aplicación alguna actuación en terrenos forestales se recuerda se tiene que
dar cumplimiento con lo estipulado en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y en sus modificaciones posteriores, en el título VII de la Ley 6/2015, Agraria de
Extremadura, así como el Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula
la realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y los Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes Protectores de Extremadura.
— El Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, informa que, la actuación definida en el proyecto
anteriormente descrito deberá tener en cuenta lo establecido en los Artículo 61 Paisaje
de los ruedos de los núcleos de población y Artículo 64. Integración paisajística de los
núcleos urbanos y urbanizaciones no colindantes. (D y R), vigente el PT Campo Arañuelo. Atendiendo a los usos propuestos por la modificación, uso dotación y residencial, se
emite informe de compatibilidad con el Plan Territorial de Campo Arañuelo.
— El Servicio de Urbanismo de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana informa que en el término municipal de Berrocalejo se encuentra
actualmente vigente el Plan General Municipal, aprobado definitivamente por Resolución