Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Artesanía. Premios. (2024040239)
Decreto 141/2024, de 12 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras del Concurso de Artesanía Junta de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 226
Miércoles 20 de noviembre de 2024

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3. E
 l Jurado, a la vista de la lista de candidatos que para cada modalidad de los premios le
sea elevada, cumplimentará el informe en el que se concrete el resultado de la valoración
efectuada, según lo establecido en el artículo 24.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura dando traslado del mismo
al órgano instructor quien, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado,
formulará sin separarse del informe del Jurado la propuesta de resolución, debidamente
motivada, que deberá relacionar los candidatos propuestos para recibir el premio en las
distintas categorías, y la elevará al órgano competente para resolver.
4. L
 as personas integrantes del Jurado valorarán y puntuarán las candidaturas para cada
premio siguiendo los criterios de valoración establecidos en el artículo 9 presente decreto.
En caso de empate en la valoración, éste se resolverá según la puntuación obtenida aplicando los criterios de valoración en función del orden en que se relacionan. De persistir el
mismo se atenderá a la fecha de presentación de la solicitud de participación en el registro
correspondiente.
La valoración y fallo del jurado serán secretos, comprometiéndose sus miembros a no revelar información alguna sobre los ganadores hasta la notificación de la resolución de los
premios otorgados.
El informe del Jurado resultará vinculante para el órgano instructor, que no podrá apartarse
del mismo a la hora de efectuar la propuesta de resolución ante el órgano competente, en
virtud de lo previsto en el artículo 22.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. E
 l régimen jurídico del jurado será el establecido en la sección tercera, del capítulo II, del
Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y quedará válidamente constituido de conformidad con lo previsto en el artículo 17.2
de dicha Ley.
6. L
 a designación de las personas integrantes del Jurado será publicada en el Diario Oficial de
Extremadura http://doe.juntaex.es , con carácter previo a la valoración.
Décimo. Órgano competente para resolver.
1. L
 a competencia para dictar la resolución de concesión de los premios del Concurso de Artesanía Junta de Extremadura, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
corresponde a la persona titular de la Secretaría General de Economía, Empleo y Transformación Digital, No obstante, esta competencia ha sido delegada en el Secretario General
de Economía, Empresa y Comercio mediante Resolución de 10 de agosto de 2023 (DOE