Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Artesanía. Premios. (2024040239)
Decreto 141/2024, de 12 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras del Concurso de Artesanía Junta de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 226
Miércoles 20 de noviembre de 2024
59699
No se aceptará ninguna candidatura que no sea presentada a través de la correspondiente
solicitud de participación debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante.
2. E
l plazo de presentación de las solicitudes participación en el concurso será de diez días
hábiles y comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y su
correspondiente extracto en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es . No
se admitirá ninguna solicitud que sea presentada con posterioridad a la fecha establecida.
3. L
a presentación de solicitudes para participar en este concurso supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en el presente decreto.
4. C
uando la solicitud de participación no reúna los requisitos establecidos o no se acompañen los documentos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días
hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si
así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser
dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. L
os interesados deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica de las
solicitudes, en caso de presentación electrónica en alguno de los Registros electrónicos
previstos en el artículo 16.4.a) de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de DNI electrónico o de certificado
electrónico en vigor y, si no dispone de ellos, obtenerlos a partir de los siguientes enlaces:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
El/la representante de la persona solicitante deberá disponer de certificado digital o DNI
electrónico que permita garantizar su identidad y realizar la firma electrónica para la cumplimentación y tramitación del procedimiento. El certificado digital o DNI electrónico deben
estar correctamente configurados y validados para su uso en sede electrónica.
Sexto. Documentación.
1. C
on carácter general, la solicitud de participación deberá ir acompañada de la siguiente
documentación:
a) Declaración responsable del solicitante, incluida en el modelo de solicitud (anexo I), en
la que conste que la obra no ha sido premiada, ni pendiente de fallo en cualquier otro
concurso, con anterioridad y en cualquier ámbito territorial.
Miércoles 20 de noviembre de 2024
59699
No se aceptará ninguna candidatura que no sea presentada a través de la correspondiente
solicitud de participación debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante.
2. E
l plazo de presentación de las solicitudes participación en el concurso será de diez días
hábiles y comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y su
correspondiente extracto en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es . No
se admitirá ninguna solicitud que sea presentada con posterioridad a la fecha establecida.
3. L
a presentación de solicitudes para participar en este concurso supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en el presente decreto.
4. C
uando la solicitud de participación no reúna los requisitos establecidos o no se acompañen los documentos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días
hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si
así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser
dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. L
os interesados deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica de las
solicitudes, en caso de presentación electrónica en alguno de los Registros electrónicos
previstos en el artículo 16.4.a) de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de DNI electrónico o de certificado
electrónico en vigor y, si no dispone de ellos, obtenerlos a partir de los siguientes enlaces:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
El/la representante de la persona solicitante deberá disponer de certificado digital o DNI
electrónico que permita garantizar su identidad y realizar la firma electrónica para la cumplimentación y tramitación del procedimiento. El certificado digital o DNI electrónico deben
estar correctamente configurados y validados para su uso en sede electrónica.
Sexto. Documentación.
1. C
on carácter general, la solicitud de participación deberá ir acompañada de la siguiente
documentación:
a) Declaración responsable del solicitante, incluida en el modelo de solicitud (anexo I), en
la que conste que la obra no ha sido premiada, ni pendiente de fallo en cualquier otro
concurso, con anterioridad y en cualquier ámbito territorial.