Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Ganadería. Subvenciones. (2024040222)
Decreto 132/2024, de 22 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las inversiones para la comercialización en común de ganado en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 226
Miércoles 20 de noviembre de 2024
— Hasta 50.000 animales de capacidad efectiva: (1 punto).
— De 50.001 a 100.000 animales de capacidad efectiva: (2 puntos).
— Más de 100.000 animales de capacidad efectiva: (3 puntos).
59663
D) N
úmero de socios y socias integrantes: hasta un máximo de 4 puntos.
— De 6 a 10: 1 punto.
— De 11 a 50: 2 puntos.
— Más de 50: 4 puntos.
E) Inversiones para comercialización de ganado ecológico: hasta un máximo de 3 puntos.
— Inversiones para comercialización de ganado certificado en ecológico: 3 puntos.
Las solicitantes que no obtengan una puntuación mínima de 8 puntos no podrán beneficiarse de estas subvenciones.
En caso de empate el orden de prioridad se determinará en función de la mayor puntuación
obtenida en los criterios de selección/priorización, según el siguiente orden:
1º. Criterio A.
2º. Criterio D.
3º. Criterio B.
4º. Criterio C.
8. Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y cuantía total máxima.
Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria serán financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria 120020000 G/312B/77000 FR23734102, proyecto 20240395 con
una dotación inicial de 2.185.000,00 euros (dos millones ciento ochenta y cinco mil euros),
distribuido en las siguientes anualidades:
— 2025: 1.092.500 euros
— 2026: 1.092.500 euros
Las ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)
en un 75%, dentro del Plan estratégico de la PAC 2023-2027, en la Intervención 6841.2
Miércoles 20 de noviembre de 2024
— Hasta 50.000 animales de capacidad efectiva: (1 punto).
— De 50.001 a 100.000 animales de capacidad efectiva: (2 puntos).
— Más de 100.000 animales de capacidad efectiva: (3 puntos).
59663
D) N
úmero de socios y socias integrantes: hasta un máximo de 4 puntos.
— De 6 a 10: 1 punto.
— De 11 a 50: 2 puntos.
— Más de 50: 4 puntos.
E) Inversiones para comercialización de ganado ecológico: hasta un máximo de 3 puntos.
— Inversiones para comercialización de ganado certificado en ecológico: 3 puntos.
Las solicitantes que no obtengan una puntuación mínima de 8 puntos no podrán beneficiarse de estas subvenciones.
En caso de empate el orden de prioridad se determinará en función de la mayor puntuación
obtenida en los criterios de selección/priorización, según el siguiente orden:
1º. Criterio A.
2º. Criterio D.
3º. Criterio B.
4º. Criterio C.
8. Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y cuantía total máxima.
Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria serán financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria 120020000 G/312B/77000 FR23734102, proyecto 20240395 con
una dotación inicial de 2.185.000,00 euros (dos millones ciento ochenta y cinco mil euros),
distribuido en las siguientes anualidades:
— 2025: 1.092.500 euros
— 2026: 1.092.500 euros
Las ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)
en un 75%, dentro del Plan estratégico de la PAC 2023-2027, en la Intervención 6841.2