Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063817)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el desarrollo de las prácticas externas de las enseñanzas universitarias oficiales de Máster y de los estudios conducentes a la obtención de la certificación oficial de la formación pedagógica y didáctica.
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NÚMERO 225
Martes 19 de noviembre de 2024
59584
rias de la administración educativa, especialmente cuando éstas se refieran a proyectos en
colaboración con la Universidad.
2. L
a Universidad de Extremadura expedirá a la persona docente encargada de las tuto- rías
y al responsable de la coordinación de prácticas externas en el centro, una Certificación de
Profesorado Colaborador Honorífico por la cual se reconocerá su participación en las prácticas externas de las enseñanzas Universitarias Oficiales de Máster y de los Estudios conducentes a la obtención de la Certificación Oficial de la Formación Pedagógica y Didáctica.
3. L
a Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional reconocerá en créditos de formación la labor realizada por estos profesionales. Todo ello, según lo previsto en la Orden
de 31 de octubre de 2000, de la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología (DOE núm.
128, de 4 de noviembre), por lo que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado, y establece la
equivalencia de las actividades de investigación y de las titulaciones universitarias).
4. A
simismo, las personas docentes encargadas de las tutorías del alumnado en prácticas en
centros educativos tendrán los siguientes derechos:
— Preferencia en los procesos selectivos de acciones formativas convocadas por la Red de
Formación Permanente del Profesorado, siempre que se determine en la correspondiente convocatoria; en especial, en aquellas que habitualmente presentan una alta demanda de participación, como los cursos a distancia, actividades que incluyan periodos de
inmersión lingüística y las destinadas a la mejora de las competencias en tecnologías,
además de aquellas actividades de especial relevancia e interés para el profesorado, en
general, que pudieran convocarse puntualmente.
— Se les emitirá un certificado como profesorado colaborador honorífico de la Universidad
de Extremadura, considerando su actividad de tutorización. Por esta actividad, se podrá
reconocer hasta un máximo de 180 horas de docencia universitaria, que se valorará
en los concursos de plazas de profesorado asociado en la Universidad de Extremadura,
según el baremo establecido, al efecto, en la publicación de los distintos concursos de
plazas.
Cuarta. Comisión de Seguimiento.
Con objeto de garantizar la ejecución de este convenio y el cumplimiento de sus fines, se
establecerá una Comisión de Seguimiento presidida por el Secretario General de Educación o
persona en quién delegue, que estará integrada, además, por los siguientes miembros:
— Tres representantes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de
la Junta de Extremadura, nombrados por el Secretario General de Educación.
Martes 19 de noviembre de 2024
59584
rias de la administración educativa, especialmente cuando éstas se refieran a proyectos en
colaboración con la Universidad.
2. L
a Universidad de Extremadura expedirá a la persona docente encargada de las tuto- rías
y al responsable de la coordinación de prácticas externas en el centro, una Certificación de
Profesorado Colaborador Honorífico por la cual se reconocerá su participación en las prácticas externas de las enseñanzas Universitarias Oficiales de Máster y de los Estudios conducentes a la obtención de la Certificación Oficial de la Formación Pedagógica y Didáctica.
3. L
a Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional reconocerá en créditos de formación la labor realizada por estos profesionales. Todo ello, según lo previsto en la Orden
de 31 de octubre de 2000, de la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología (DOE núm.
128, de 4 de noviembre), por lo que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado, y establece la
equivalencia de las actividades de investigación y de las titulaciones universitarias).
4. A
simismo, las personas docentes encargadas de las tutorías del alumnado en prácticas en
centros educativos tendrán los siguientes derechos:
— Preferencia en los procesos selectivos de acciones formativas convocadas por la Red de
Formación Permanente del Profesorado, siempre que se determine en la correspondiente convocatoria; en especial, en aquellas que habitualmente presentan una alta demanda de participación, como los cursos a distancia, actividades que incluyan periodos de
inmersión lingüística y las destinadas a la mejora de las competencias en tecnologías,
además de aquellas actividades de especial relevancia e interés para el profesorado, en
general, que pudieran convocarse puntualmente.
— Se les emitirá un certificado como profesorado colaborador honorífico de la Universidad
de Extremadura, considerando su actividad de tutorización. Por esta actividad, se podrá
reconocer hasta un máximo de 180 horas de docencia universitaria, que se valorará
en los concursos de plazas de profesorado asociado en la Universidad de Extremadura,
según el baremo establecido, al efecto, en la publicación de los distintos concursos de
plazas.
Cuarta. Comisión de Seguimiento.
Con objeto de garantizar la ejecución de este convenio y el cumplimiento de sus fines, se
establecerá una Comisión de Seguimiento presidida por el Secretario General de Educación o
persona en quién delegue, que estará integrada, además, por los siguientes miembros:
— Tres representantes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de
la Junta de Extremadura, nombrados por el Secretario General de Educación.