Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2024063769)
Resolución de 8 de noviembre de 2024, de la Consejera, sobre la legalidad de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Extremadura -adaptados a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre-, la inscripción de la misma en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 224
Lunes 18 de noviembre de 2024
59337
Cuarto. Con fecha 6 de noviembre de 2021, desde el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Extremadura se dirigió correo electrónico al Servicio de Asociaciones, Fundaciones
y Colegios Profesionales (Secretaría General) de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública de la Junta de Extremadura, adjuntando al mismo el proyecto de modificación-adaptación de los Estatutos del citado Colegio a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y
de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura –conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre– al objeto del debido control de legalidad del
proyecto de modificación-adaptación estatutaria de referencia por parte de la Consejería (de
la Junta de Extremadura) competente en materia de colegios profesionales.
Quinto. Con fecha 3 de enero de 2022, desde el Servicio de Asociaciones, Fundaciones y
Colegios Profesionales (Secretaría General) de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura se dirigió correo electrónico al Colegio Oficial de Ingenieros
Industriales de Extremadura, remitiendo el documento correspondiente a su revisión previa
de legalidad –desfavorable–, una vez efectuado el análisis del proyecto de modificación-adaptación de los Estatutos del citado Colegio a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y
de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura –conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre–, efectuando determinadas observaciones de
legalidad, de adaptación a la ley y/o estructurales (o de redacción), que deben ser corregidas
(subsanadas) en el citado proyecto de modificación-adaptación estatutaria, a fin de obtener
un Informe de Legalidad (favorable).
Sexto. El Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Extremadura –con anotación de entrada en el Registro electrónico de la Junta de Extremadura, el 28 de junio de 2024– remitió
nuevo texto de los Estatutos de dicho Colegio, aprobados por su Junta General, en sesión
extraordinaria celebrada el 10 de junio de 2023, adaptados conforme a las observaciones de
legalidad, de adaptación a la ley y/o estructurales (o de redacción) formuladas en la revisión
previa de legalidad citada en el antecedente de hecho quinto del presente, adjuntándose
también los preceptivos Certificados del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros
Industriales de España, de fecha 4 de junio de 2024, y del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Extremadura, de fecha 17 de junio de 2024.
Séptimo. Con fecha 19 de septiembre de 2024, se emite –por el Jefe de Sección de Asociaciones, Colegios y Fundaciones del Servicio de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales (Secretaría General) de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta
de Extremadura– informe de legalidad respecto del nuevo texto de la modificación-adaptación
de los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Extremadura, concluyendo
–en su Fundamento de Derecho Séptimo– que “la modificación-adaptación de los Estatutos
del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Extremadura, aprobada por su Junta General,
en sesión extraordinaria celebrada el 10 de junio de 2023, e informada –favorablemente– por
Lunes 18 de noviembre de 2024
59337
Cuarto. Con fecha 6 de noviembre de 2021, desde el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Extremadura se dirigió correo electrónico al Servicio de Asociaciones, Fundaciones
y Colegios Profesionales (Secretaría General) de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública de la Junta de Extremadura, adjuntando al mismo el proyecto de modificación-adaptación de los Estatutos del citado Colegio a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y
de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura –conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre– al objeto del debido control de legalidad del
proyecto de modificación-adaptación estatutaria de referencia por parte de la Consejería (de
la Junta de Extremadura) competente en materia de colegios profesionales.
Quinto. Con fecha 3 de enero de 2022, desde el Servicio de Asociaciones, Fundaciones y
Colegios Profesionales (Secretaría General) de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura se dirigió correo electrónico al Colegio Oficial de Ingenieros
Industriales de Extremadura, remitiendo el documento correspondiente a su revisión previa
de legalidad –desfavorable–, una vez efectuado el análisis del proyecto de modificación-adaptación de los Estatutos del citado Colegio a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y
de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura –conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre–, efectuando determinadas observaciones de
legalidad, de adaptación a la ley y/o estructurales (o de redacción), que deben ser corregidas
(subsanadas) en el citado proyecto de modificación-adaptación estatutaria, a fin de obtener
un Informe de Legalidad (favorable).
Sexto. El Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Extremadura –con anotación de entrada en el Registro electrónico de la Junta de Extremadura, el 28 de junio de 2024– remitió
nuevo texto de los Estatutos de dicho Colegio, aprobados por su Junta General, en sesión
extraordinaria celebrada el 10 de junio de 2023, adaptados conforme a las observaciones de
legalidad, de adaptación a la ley y/o estructurales (o de redacción) formuladas en la revisión
previa de legalidad citada en el antecedente de hecho quinto del presente, adjuntándose
también los preceptivos Certificados del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros
Industriales de España, de fecha 4 de junio de 2024, y del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Extremadura, de fecha 17 de junio de 2024.
Séptimo. Con fecha 19 de septiembre de 2024, se emite –por el Jefe de Sección de Asociaciones, Colegios y Fundaciones del Servicio de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales (Secretaría General) de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta
de Extremadura– informe de legalidad respecto del nuevo texto de la modificación-adaptación
de los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Extremadura, concluyendo
–en su Fundamento de Derecho Séptimo– que “la modificación-adaptación de los Estatutos
del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Extremadura, aprobada por su Junta General,
en sesión extraordinaria celebrada el 10 de junio de 2023, e informada –favorablemente– por