Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063770)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para riego de 13,93 ha, en el polígono 40, parcelas 15 y 67, promovido por Francisco Loreto Sánchez Zambrano, en el término municipal de Usagre. Expte.: IA18/0937.
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NÚMERO 224
Lunes 18 de noviembre de 2024

59429

—E
 l Servicio de Urbanismo de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio
y Agenda Urbana informa de lo siguiente:


• En el término municipal de Usagre se encuentran actualmente vigentes las Normas
Subsidiarias Municipales aprobadas definitivamente por Orden de 5 de julio de 1999,
publicada en el DOE n.º 9, de 25 de enero de 2000.



• En virtud de lo establecido en los artículos 143.3.a), 145.1 y 164 de la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura,
corresponde al municipio de Usagre realizar el control de legalidad de las actuaciones,
mediante el procedimiento administrativo de control previo o posterior que en su caso
corresponda, comprobando su adecuación a las normas de planeamiento y al resto de
legislación aplicable.

—E
 l Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Gestión Forestal,
Caza y Pesca informa de que, en las ortofotos históricas se comprueba que se trata de
superficies dedicadas al cultivo agrícola permanente desde hace años, sin presencia de
vegetación forestal, por lo que la afección forestal de la puesta en riego es mínima y se
informa favorablemente.
—L
 a Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural informa que:
—N
 o se ha recibido en esta DGBAPC por parte del equipo redactor de la referida evaluación
de impacto ambiental simplificada sobre los posibles valores patrimoniales existentes en
el área de afección del proyecto.
—E
 l estudio no contiene ninguna valoración ni análisis sobre el Patrimonio Cultural que
pudiera verse afectado.
—E
 l documento de evaluación de impacto ambiental simplificado remitida no identifica
posibles impactos potenciales del proyecto.
Vista la extensión de la superficie abarcada, más de 13 has, por la zona de estudio,
la presencia de los yacimientos Zapatones I (YAC74371) y Garay (YAC74272) en las
proximidades y de cara a caracterizar posibles afecciones del proyecto sobre el patrimonio arqueológico no detectado en superficie que pudiera verse afectado durante el
transcurso de las obras, se deberán llevar a cabo las siguientes medidas preventivas,
con carácter previo a la ejecución de las obras:


• Realización de una prospección arqueológica superficial con carácter intensivo por
equipo técnico especializado en toda la superficie de las parcelas afectadas, así como