Servicio Extremeño Público De Empleo. Inserción Laboral. Subvenciones. (2024063776)
Resolución de 6 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2024 dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos del Programa Colaborativo Rural "ATENEO" que hayan obtenido evaluación positiva.
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NÚMERO 223
59138
Viernes 15 de noviembre de 2024
Duodécimo. Eficacia y recursos.
La presente convocatoria surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación y la del
extracto a que se refiere el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones y el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma, en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ).
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
de alzada ante el Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es ), de conformidad con de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que
estimen oportuno, según el artículo 88.3 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 6 de noviembre de 2024.
El Secretario General de la
Consejería de Economía, Empleo y
Transformación Digital,
PD, Resolución de 14 de septiembre
de 2023, (DOE n.º 180,
de 19 de septiembre).
El Secretario General del Servicio
Extremeño Público de Empleo,
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO
59138
Viernes 15 de noviembre de 2024
Duodécimo. Eficacia y recursos.
La presente convocatoria surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación y la del
extracto a que se refiere el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones y el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma, en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ).
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
de alzada ante el Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es ), de conformidad con de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que
estimen oportuno, según el artículo 88.3 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 6 de noviembre de 2024.
El Secretario General de la
Consejería de Economía, Empleo y
Transformación Digital,
PD, Resolución de 14 de septiembre
de 2023, (DOE n.º 180,
de 19 de septiembre).
El Secretario General del Servicio
Extremeño Público de Empleo,
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO