Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063761)
Resolución de 5 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de solicitud de concesión de aguas subterráneas para riego de 11,6134 ha de olivar, en el polígono 507, parcela 27, promovido por Miguel Gallardo Sánchez, en el término municipal de Benquerencia de la Serena. Expte.: IA23/1301.
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NÚMERO 223
Viernes 15 de noviembre de 2024

59088

La actividad solicitada no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares
incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o
hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas.
— El Servicio de Urbanismo de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana informa de lo siguiente:


1. E
 n el término municipal de Benquerencia de la Serena se encuentran actualmente
vigentes las Normas Subsidiarias aprobadas definitivamente por Resolución de 5 de
octubre de 2004 de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, publicada en el DOE n.º 14, de 5 de febrero de 2005.



2. E
 n virtud de lo establecido en los artículos 143.3.a), 145.1 y 164 de la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, corresponde al municipio de Benquerencia de la Serena realizar el control de
legalidad de las actuaciones, mediante el procedimiento administrativo de control
previo o posterior que en su caso corresponda, comprobando su adecuación a las
normas de planeamiento y al resto de legislación aplicable.

— El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Gestión Forestal,
Caza y Pesca informa de lo siguiente:
La toma de datos de los Agentes del Medio Natural (20 de enero de 2024) indica que
en la zona solicitada cuenta con 3 encinas adultas y buen estado fitosanitario. La instalación de riego por goteo ya está ejecutada. Las ortofotos históricas confirman que el
terreno está plantado con cultivo permanente desde al menos 2016.
Teniendo en cuenta lo anterior, se trata de un terreno agrícola, con cultivo leñoso permanente instalado antes de la publicación del Decreto que regula los cambios de cultivo en
Extremadura (DOE 21-05-2018) y que coexiste con árboles forestales. Consideramos
que ambas especies deben ser respetadas de forma que se asegure la mejor producción agrícola con la conservación de las encinas. Por ello, se informa favorablemente la
puesta en riego por goteo solicitada siempre que se cumplan las medidas correctoras
presentes en este informe.
— La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural informa que:


• No se ha recibido en esta DGBAPC por parte del equipo redactor de la referida evaluación de impacto ambiental simplificada sobre los posibles valores patrimoniales
existentes en el área de afección del proyecto.