Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Encomienda De Gestión. (2024063739)
Resolución de 6 de noviembre de 2024, de la Consejera, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de encomienda de gestión entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital para la prestación de servicios TIC al Organismo Pagador de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) de la Comunidad Autónoma de Extremadura, suscrito el 5 de noviembre de 2024.
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NÚMERO 222
Jueves 14 de noviembre de 2024
58874
jurídico, especialmente la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como por la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de las demás normas legales y reglamentarias, vigentes y aplicables. Las controversias que puedan surgir en la interpretación de
lo acordado en el presente acuerdo de encomienda de gestión o de las normas aplicables al
mismo, serán resueltas en el seno de la Comisión de Seguimiento.
La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los
elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidos a la Consejería de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Sostenible, como Organismo Pagador de los gastos correspondientes al FEAGA y
al FEADER.
Es responsabilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible dictar
los actos o resoluciones que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material
objeto de la presente encomienda de gestión.
Tercera. Actividades a las que afecta la encomienda de gestión.
Para el cumplimiento de las políticas y requisitos que conforman el marco normativo del sistema de gestión de seguridad de la información, basado en el estándar UNE-ISO/IEC 27001, la
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, a través de la Dirección General de
Digitalización de la Administración y la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad, como centro directivo competente en materia de Tecnologías de la Información y
la Comunicación en la Junta de Extremadura y conforme a lo regulado en el Decreto 77/2023,
de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital, prestará los servicios tecnológicos necesarios para el normal
funcionamiento del Organismo Pagador, observando los requisitos de seguridad que éste demande y motivados en el cumplimiento del estándar mencionado, para lo cual el Organismo
Pagador aportara en el Comité de Gestión y Coordinación de Seguridad de la Información, de
manera continua y actualizada, la información relativa al análisis de contexto y declaración de
alcance, así como la documentación elaborada para la gestión de riesgos del OP. La prestación
de servicios tecnológicos se llevará a cabo en las siguientes áreas:
1. Seguridad en el desarrollo y mantenimiento de los sistemas de información que prestan
soporte a las actividades y procesos de negocio del OP, incluyendo las siguientes responsabilidades:
a) Implantación de los requisitos de seguridad.
b) Control de versiones y gestión del cambio.
c) Gestión de las vulnerabilidades.
Jueves 14 de noviembre de 2024
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jurídico, especialmente la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como por la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de las demás normas legales y reglamentarias, vigentes y aplicables. Las controversias que puedan surgir en la interpretación de
lo acordado en el presente acuerdo de encomienda de gestión o de las normas aplicables al
mismo, serán resueltas en el seno de la Comisión de Seguimiento.
La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los
elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidos a la Consejería de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Sostenible, como Organismo Pagador de los gastos correspondientes al FEAGA y
al FEADER.
Es responsabilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible dictar
los actos o resoluciones que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material
objeto de la presente encomienda de gestión.
Tercera. Actividades a las que afecta la encomienda de gestión.
Para el cumplimiento de las políticas y requisitos que conforman el marco normativo del sistema de gestión de seguridad de la información, basado en el estándar UNE-ISO/IEC 27001, la
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, a través de la Dirección General de
Digitalización de la Administración y la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad, como centro directivo competente en materia de Tecnologías de la Información y
la Comunicación en la Junta de Extremadura y conforme a lo regulado en el Decreto 77/2023,
de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital, prestará los servicios tecnológicos necesarios para el normal
funcionamiento del Organismo Pagador, observando los requisitos de seguridad que éste demande y motivados en el cumplimiento del estándar mencionado, para lo cual el Organismo
Pagador aportara en el Comité de Gestión y Coordinación de Seguridad de la Información, de
manera continua y actualizada, la información relativa al análisis de contexto y declaración de
alcance, así como la documentación elaborada para la gestión de riesgos del OP. La prestación
de servicios tecnológicos se llevará a cabo en las siguientes áreas:
1. Seguridad en el desarrollo y mantenimiento de los sistemas de información que prestan
soporte a las actividades y procesos de negocio del OP, incluyendo las siguientes responsabilidades:
a) Implantación de los requisitos de seguridad.
b) Control de versiones y gestión del cambio.
c) Gestión de las vulnerabilidades.