Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063741)
Resolución de 5 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 77 hectáreas en el paraje "El Novillero", en el término municipal de La Albuera (Badajoz). Expte.: IA21/1468.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 222
Jueves 14 de noviembre de 2024
58843
movimientos de tierra provocadas por la preparación del terreno y la apertura de zanjas para la instalación del sistema de riego y por el tráfico de la maquinaria. Debido al
tiempo transcurrido desde la ejecución de las obras, estos efectos ya son inapreciables.
En el EsIA se incluye un apartado específico sobre la evaluación de las repercusiones
a largo plazo sobre los elementos de calidad que definen el estado o potencial de las
masas de agua afectadas por el proyecto. Derivado de este apartado se concluye:
— Modificación hidromorfológica en las masas de aguas superficiales; se indica en el
EsIA, que la alteración de recursos hídricos superficiales será inexistente ya que la
concesión es subterránea.
— Modificación hidromorfológica en las masas de aguas subterráneas; según se indica
en el EsIA, en fase de ejecución el impacto sobre el agua será limitado o nulo, aunque podría existir riego de contaminación debido a la maquinaria y residuos de obra,
habiendo desarrollado medidas preventivas para evitarlo. En fase de funcionamiento,
se considera tanto los riegos de contaminación existente como el impacto generado
por la captación de recursos hídricos con destino a riego. El EsIA concluye el análisis
indicando que el proyecto implica un uso de aguas subterráneas dentro de un acuífero sobreexplotado (“Tierra de Barros”), en cantidad y calidad del estado químico de
sus aguas, motivo por el cual establece medidas de corrección para este importante
aspecto, como aplicar dotaciones de agua por debajo de las permitidas en el actual
Plan de Actuación de la Masa de Agua Subterránea Tierra de Barros, así como la
aplicación únicamente de la dosis justa de fertirrigación necesaria para el correcto
desarrollo de la planta.
Efectivamente, las captaciones de las que se abastece el proyecto detraen el agua de
la masa de aguas subterráneas “Tierra de Barros”. Esta masa de agua subterránea es
declarada en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico mediante
anuncio en el BOE de fecha 17 de septiembre de 2015. El programa de actuación de la
masa de agua subterránea Tierra de Barros se aprueba mediante anuncio de 10 de noviembre de 2021 (DOE n.º 222, jueves, 18 de noviembre de 2021), en el epígrafe 4.1.
de este programa de actuación se indica lo siguiente: “No obstante, se podrán otorgar
concesiones no contempladas en este apartado cuando hubieran sido solicitadas e informadas favorablemente por la Oficina de Planificación Hidrológica con carácter previo
a la entrada en vigor de la declaración de riesgo de la masa de agua (18/09/2015), y
contaran con informe favorable de ratificación de esa misma Oficina de acuerdo con la
disposición transitoria segunda del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se
aprueba la revisión del Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana”.
Jueves 14 de noviembre de 2024
58843
movimientos de tierra provocadas por la preparación del terreno y la apertura de zanjas para la instalación del sistema de riego y por el tráfico de la maquinaria. Debido al
tiempo transcurrido desde la ejecución de las obras, estos efectos ya son inapreciables.
En el EsIA se incluye un apartado específico sobre la evaluación de las repercusiones
a largo plazo sobre los elementos de calidad que definen el estado o potencial de las
masas de agua afectadas por el proyecto. Derivado de este apartado se concluye:
— Modificación hidromorfológica en las masas de aguas superficiales; se indica en el
EsIA, que la alteración de recursos hídricos superficiales será inexistente ya que la
concesión es subterránea.
— Modificación hidromorfológica en las masas de aguas subterráneas; según se indica
en el EsIA, en fase de ejecución el impacto sobre el agua será limitado o nulo, aunque podría existir riego de contaminación debido a la maquinaria y residuos de obra,
habiendo desarrollado medidas preventivas para evitarlo. En fase de funcionamiento,
se considera tanto los riegos de contaminación existente como el impacto generado
por la captación de recursos hídricos con destino a riego. El EsIA concluye el análisis
indicando que el proyecto implica un uso de aguas subterráneas dentro de un acuífero sobreexplotado (“Tierra de Barros”), en cantidad y calidad del estado químico de
sus aguas, motivo por el cual establece medidas de corrección para este importante
aspecto, como aplicar dotaciones de agua por debajo de las permitidas en el actual
Plan de Actuación de la Masa de Agua Subterránea Tierra de Barros, así como la
aplicación únicamente de la dosis justa de fertirrigación necesaria para el correcto
desarrollo de la planta.
Efectivamente, las captaciones de las que se abastece el proyecto detraen el agua de
la masa de aguas subterráneas “Tierra de Barros”. Esta masa de agua subterránea es
declarada en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico mediante
anuncio en el BOE de fecha 17 de septiembre de 2015. El programa de actuación de la
masa de agua subterránea Tierra de Barros se aprueba mediante anuncio de 10 de noviembre de 2021 (DOE n.º 222, jueves, 18 de noviembre de 2021), en el epígrafe 4.1.
de este programa de actuación se indica lo siguiente: “No obstante, se podrán otorgar
concesiones no contempladas en este apartado cuando hubieran sido solicitadas e informadas favorablemente por la Oficina de Planificación Hidrológica con carácter previo
a la entrada en vigor de la declaración de riesgo de la masa de agua (18/09/2015), y
contaran con informe favorable de ratificación de esa misma Oficina de acuerdo con la
disposición transitoria segunda del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se
aprueba la revisión del Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana”.