Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063741)
Resolución de 5 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 77 hectáreas en el paraje "El Novillero", en el término municipal de La Albuera (Badajoz). Expte.: IA21/1468.
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NÚMERO 222
Jueves 14 de noviembre de 2024

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de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para su consideración, en su caso, en la nueva versión del proyecto y en el estudio de impacto ambiental.
Con fecha 4 de abril de 2024, el promotor remite una nueva versión del estudio de impacto
ambiental en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Con posterioridad, el 23 de abril de 2024, el promotor remite a la Dirección General de
Sostenibilidad, resolución favorable de la viabilidad arqueológica del proyecto de referencia, condicionada al estricto cumplimiento de las medidas preventivas e indicaciones que
se señalan en el informe elaborado por el Servicio de Arqueología y Proyectos Estratégicos
de la DGBA y PC (INT/2024/013), una vez evaluados los resultados de la prospección arqueológica para el proyecto de riego reseñado.
Desde la Dirección General de Sostenibilidad, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70
de la precitada ley.
En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes
de las Administraciones Públicas afectadas recibidos, manifestando su conformidad con las
indicaciones incluidas en los informes recibidos que figuran en el apartado B, realizando
las siguientes consideraciones en relación a los aspectos ambientales más significativos:
— La fuente de energía utilizada proviene de placas solares fotovoltaicas.
— Contemplan una reducción paulatina en la aplicación de productos fitosanitarios, apostando en la medida de la evolución del cultivo hacia una agricultura regenerativa aplicando técnicas de revegetación entre calles y utilización de restos de poda como aporte
de materia orgánica, creando así una capa vegetal natural que impida la proliferación
de malas hierbas.
Revisado el EsIA y los informes emitidos por parte de las Administraciones Públicas afectadas, con toda la información hasta aquí recabada se elabora la presente declaración de
impacto ambiental.
C.1 Análisis ambiental para la selección de alternativas.
En el EsIA se incluye un análisis de alternativas, teniendo en cuenta los efectos ambientales y socioeconómicos de la zona.
— Alternativa 0. No actuación. El EsIA se retrotrae a la situación previa de la ejecución del
proyecto para esta alternativa que, consiste en mantener las condiciones de un sistema