Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Actividades Taurinas. (2024050182)
Orden de 5 de noviembre de 2024 por la que se convocan los premios Extremadura a la Tauromaquia correspondientes a la anualidad 2024.
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NÚMERO 220
Martes 12 de noviembre de 2024
58346
de Extremadura, entendiéndose practicadas las notificaciones desde el momento en que se
produzca el acceso a su contenido.
Complementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el párrafo
anterior y únicamente con efectos informativos, la persona solicitante recibirá un aviso en
la dirección de correo electrónico que conste en la solicitud, mediante el cual se le indicará
que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a través del apartado
habilitado a tal efecto en la sede electrónica de la Junta de Extremadura. Excepcionalmen
te, para asegurar la eficacia de las actuaciones administrativas podrá realizarse la notifica
ción a través de medios no electrónicos.
5. S
i las candidaturas no reuniesen los requisitos establecidos se concederá un plazo de diez
días hábiles para que se subsane el defecto o acompañe la documentación preceptiva, con
indicación de que, si así no se hiciera, se le tendrá por desistido de la candidatura, previa
resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en los artículos 21 y 68 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Séptimo. Criterios de Valoración.
1. Para la aprobación de las candidaturas, el Consejo de Asuntos Taurinos de Extremadura,
como Comisión de Valoración de estos premios, deberá tener en cuenta los siguientes cri
terios de valoración:
a) Acreditación de la trayectoria profesional y del compromiso por su labor en favor de la
difusión de los valores culturales, sociales y económicos vinculado con la tauromaquia
en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Tiempo de permanencia y/o continuidad en la actividad meritoria.
c) Proyectos realizados o acciones que contribuyan a promover e impulsar la cultura taurina.
d) Fomento de campañas de información y divulgación de las actividades que fomenten la
cultura taurina y promuevan la igualdad de género.
2. L
os premios podrán declararse desiertos, si se considera que las candidaturas presentadas
no reúnen méritos suficientes para ser galardonadas. En este caso, el Consejo de Asuntos
Taurinos de Extremadura, como Comisión de Valoración, emitirá el correspondiente fallo
y lo elevará a la persona titular de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, que
dictará resolución correspondiente que pondrá fin a la vía administrativa y será publicada
en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es .
Martes 12 de noviembre de 2024
58346
de Extremadura, entendiéndose practicadas las notificaciones desde el momento en que se
produzca el acceso a su contenido.
Complementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el párrafo
anterior y únicamente con efectos informativos, la persona solicitante recibirá un aviso en
la dirección de correo electrónico que conste en la solicitud, mediante el cual se le indicará
que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a través del apartado
habilitado a tal efecto en la sede electrónica de la Junta de Extremadura. Excepcionalmen
te, para asegurar la eficacia de las actuaciones administrativas podrá realizarse la notifica
ción a través de medios no electrónicos.
5. S
i las candidaturas no reuniesen los requisitos establecidos se concederá un plazo de diez
días hábiles para que se subsane el defecto o acompañe la documentación preceptiva, con
indicación de que, si así no se hiciera, se le tendrá por desistido de la candidatura, previa
resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en los artículos 21 y 68 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Séptimo. Criterios de Valoración.
1. Para la aprobación de las candidaturas, el Consejo de Asuntos Taurinos de Extremadura,
como Comisión de Valoración de estos premios, deberá tener en cuenta los siguientes cri
terios de valoración:
a) Acreditación de la trayectoria profesional y del compromiso por su labor en favor de la
difusión de los valores culturales, sociales y económicos vinculado con la tauromaquia
en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Tiempo de permanencia y/o continuidad en la actividad meritoria.
c) Proyectos realizados o acciones que contribuyan a promover e impulsar la cultura taurina.
d) Fomento de campañas de información y divulgación de las actividades que fomenten la
cultura taurina y promuevan la igualdad de género.
2. L
os premios podrán declararse desiertos, si se considera que las candidaturas presentadas
no reúnen méritos suficientes para ser galardonadas. En este caso, el Consejo de Asuntos
Taurinos de Extremadura, como Comisión de Valoración, emitirá el correspondiente fallo
y lo elevará a la persona titular de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, que
dictará resolución correspondiente que pondrá fin a la vía administrativa y será publicada
en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es .