Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Actividades Taurinas. (2024050182)
Orden de 5 de noviembre de 2024 por la que se convocan los premios Extremadura a la Tauromaquia correspondientes a la anualidad 2024.
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NÚMERO 220
Martes 12 de noviembre de 2024

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b) En caso de personas jurídicas, o cuando las personas físicas actúen por medio de re­
presentante, acreditación de la representación legal de la entidad solicitante, mediante
poder suficiente. Cuando la persona solicitante no se oponga a su consulta, para la com­
probación de oficio del documento de representación legal por el órgano instructor, se
deberá indicar el Código Seguro de Verificación (CSV) en el punto 4 del anexo I. En caso
de que la solicitante se hubiera opuesto a la comprobación de oficio marcando la casilla
correspondiente del punto 7 del anexo I, se deberá aportar el documento acreditativo
de la representación.
La Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia podrá reca­
bar de oficio los certificados o documentos acreditativos de las candidaturas correspon­
dientes a la modalidad del apartado segundo. 1. B. 2) de esta orden, para comprobar
que figuran inscritas en el correspondiente registro administrativo, que son de carácter
privado y que sus fines y objetivos se corresponden o están relacionados con el apoyo
y fomento de la cultura taurina.
Igualmente, la Administración competente de la tramitación de este procedimiento que
incluye una actividad de tratamiento de datos personales, tiene atribuida la potestad
de verificación de los datos personales de la persona solicitante manifestados en esta
solicitud en virtud de la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales.
No será necesaria la presentación de la documentación que estuviere ya en poder de
cualquier Administración pública actuante, si la persona solicitante se acoge a lo esta­
blecido en los artículos 28.3 y 53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Proce­
dimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, siempre que se haga
constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso,
emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del
procedimiento al que correspondan.
3. E
 l plazo de presentación de candidaturas será de 20 días hábiles desde el día siguien­te al
de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura
http://doe.juntaex.es .
4. Las comunicaciones en todas las actuaciones que se realicen en el seno de este proce­
dimiento se practicarán de la forma establecida en el artículo 40 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administra­
ciones Públicas. En el caso de las personas jurídicas y de las personas físicas que así lo
hayan elegido en su solicitud, las notificaciones se realizarán a través de los medios elec­
trónicos habilitados a tal efecto, mediante comparecencia en la sede electrónica de la Junta