Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Promoción Empresarial. Ayudas. (2024040230)
Decreto 137/2024, de 5 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, dirigidas a la promoción internacional de la pyme extremeña.
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NÚMERO 220
Martes 12 de noviembre de 2024
58299
La financiación de las ayudas que se regulan en este decreto se realizará, siempre que sea
posible, con cargo al Programa Operativo FEDER de Extremadura 2021-2027, dentro del Objetivo Político 1: “Una Europa más competitiva y más inteligente”, Prioridad de Inversión: 1.A
“Transición Digital e Inteligente”, Objetivo específico 1 iii) “el refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante
inversiones productivas”.
Las acciones de promoción de carácter internacional se financian con base en la transferencia específica siguiente “EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU:
PROMOCIÓN INTERNACIONAL DE LA PYME EXTREMEÑA” formalizada a través de la firma
del correspondiente convenio, previa autorización del Consejo de Gobierno del mismo, y de
conformidad con lo dispuesto en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que por el ejercicio económico corresponda.
Las acciones que se llevarán a cabo bajo estas bases reguladoras buscan satisfacer las necesidades de mejorar y expandir la promoción internacional de los productos y servicios de las
pequeñas y medianas empresas de Extremadura. Estas acciones establecen un entorno propicio para que las empresas de Extremadura participen en diversas actividades de promoción
conjunta que se llevarán a cabo en los próximos ejercicios asociados al programa operativo
2021/2027.
El objetivo de la modificación de la Ley 20/2010, dando una nueva redacción al párrafo tercero del apartado 1 del artículo 2 y al apartado 2 del artículo mencionado, ha sido que tanto
Extremadura Avante, SLU, como sus filiales puedan conceder subvenciones y/o ayudas en
especie en los términos legalmente previstos.
Por su parte, en sintonía con lo anterior, la modificación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dio una nueva redacción a su
disposición adicional tercera, en su redacción dada por el número ocho del artículo 10 de la
Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, donde establece que, las sociedades del sector público autonómico, podrán
conceder subvenciones cuando, estando habilitadas al efecto por sus estatutos o normas de
creación, se les autorice de forma expresa mediante orden de la persona titular de la Consejería correspondiente a la consejería a que se encuentren adscritas.
Es por ello, que Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, a través de Extremadura Avante, SLU, encuentra la habilitación normativa suficiente para la puesta en marcha
de este tipo de ayudas, concretamente, en el artículo 2 de sus estatutos sociales, donde se
recoge que, entre las actividades que integra el objeto social se encuentra la posibilidad de
conceder subvenciones y/o ayuda en los términos legalmente previstos.
Martes 12 de noviembre de 2024
58299
La financiación de las ayudas que se regulan en este decreto se realizará, siempre que sea
posible, con cargo al Programa Operativo FEDER de Extremadura 2021-2027, dentro del Objetivo Político 1: “Una Europa más competitiva y más inteligente”, Prioridad de Inversión: 1.A
“Transición Digital e Inteligente”, Objetivo específico 1 iii) “el refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante
inversiones productivas”.
Las acciones de promoción de carácter internacional se financian con base en la transferencia específica siguiente “EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU:
PROMOCIÓN INTERNACIONAL DE LA PYME EXTREMEÑA” formalizada a través de la firma
del correspondiente convenio, previa autorización del Consejo de Gobierno del mismo, y de
conformidad con lo dispuesto en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que por el ejercicio económico corresponda.
Las acciones que se llevarán a cabo bajo estas bases reguladoras buscan satisfacer las necesidades de mejorar y expandir la promoción internacional de los productos y servicios de las
pequeñas y medianas empresas de Extremadura. Estas acciones establecen un entorno propicio para que las empresas de Extremadura participen en diversas actividades de promoción
conjunta que se llevarán a cabo en los próximos ejercicios asociados al programa operativo
2021/2027.
El objetivo de la modificación de la Ley 20/2010, dando una nueva redacción al párrafo tercero del apartado 1 del artículo 2 y al apartado 2 del artículo mencionado, ha sido que tanto
Extremadura Avante, SLU, como sus filiales puedan conceder subvenciones y/o ayudas en
especie en los términos legalmente previstos.
Por su parte, en sintonía con lo anterior, la modificación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dio una nueva redacción a su
disposición adicional tercera, en su redacción dada por el número ocho del artículo 10 de la
Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, donde establece que, las sociedades del sector público autonómico, podrán
conceder subvenciones cuando, estando habilitadas al efecto por sus estatutos o normas de
creación, se les autorice de forma expresa mediante orden de la persona titular de la Consejería correspondiente a la consejería a que se encuentren adscritas.
Es por ello, que Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, a través de Extremadura Avante, SLU, encuentra la habilitación normativa suficiente para la puesta en marcha
de este tipo de ayudas, concretamente, en el artículo 2 de sus estatutos sociales, donde se
recoge que, entre las actividades que integra el objeto social se encuentra la posibilidad de
conceder subvenciones y/o ayuda en los términos legalmente previstos.