Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Promoción Empresarial. Ayudas. (2024040230)
Decreto 137/2024, de 5 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, dirigidas a la promoción internacional de la pyme extremeña.
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NÚMERO 220
Martes 12 de noviembre de 2024

58308

ciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el
período 2021-2027.
Artículo 8. Comunicaciones con las entidades solicitantes.
1. D
 e acuerdo con lo contemplado en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para la tramitación
del procedimiento establecido en el presente decreto en sus diferentes fases las personas
físicas y jurídicas solicitantes deberán relacionarse de manera electrónica con la Administración. Si bien algunas de las personas solicitantes son personas físicas, debe tenerse en
cuenta que las mismas vienen ejerciendo una actividad empresarial, y se considera que
las mismas están capacitadas técnica y económicamente para relacionarse de forma electrónica.
2. T
 odas las comunicaciones, notificaciones así como cualquier trámite que deba llevarse a
efecto por el interesado en todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de
concesión, liquidación y, en su caso reintegro de la ayuda, se realizarán mediante comparecencia electrónica del interesado o su representante a través de la Sede Electrónica
Asociada de la Junta de Extremadura (https://tramites.juntaex.es ), de conformidad con lo
establecido en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. C
 omplementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el párrafo
anterior, y únicamente con efectos informativos, la persona solicitante recibirá un aviso
en la dirección de correo electrónico que conste en la solicitud de la ayuda, mediante el
cual se le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a
través del apartado habilitado a tal efecto en la sede electrónica mencionada en el párrafo
anterior.
Artículo 9. Solicitudes y plazo de presentación.
1. L
 a solicitud y documentación necesaria se presentará a través de Sede Electrónica Asociada
mediante el acceso a través del Punto de Acceso General Electrónico en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0703024 .
Las solicitudes de ayudas se dirigirán a la Consejería Delegada de Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes, SLU, con arreglo al modelo del anexo I.
Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, utilizando el modelo normalizado