Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Acuerdo Para El Empleo Y La Protección Social Agrarios. (2024063702)
Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Dirección General de Administración Local, por la que se conceden ayudas a entidades locales para obras y servicios de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios (AEPSA).
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 219

58139

Lunes 11 de noviembre de 2024

publicarán en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en
el Portal electrónico de Transparencia, conforme al artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de
mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
La citada resolución de concesión será igualmente notificada a las entidades locales
beneficiarias, de conformidad con lo previsto en los artículos 40 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
12. Estas ayudas se regirán, en todo lo no previsto en la presente resolución, por lo establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, y en las disposiciones administrativas que la desarrollen, en las disposiciones básicas contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
y su normativa de desarrollo; así como por lo establecido en el Decreto 77/1990, de 16
de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, en el
Decreto 3/1997, de 9 de enero, de devolución de subvenciones, y en el Decreto 50/2001,
de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas
de la Junta de Extremadura.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación
en el Diario Oficial de Extremadura, ante el mismo órgano que la dictó o ante el Consejero de
Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura, órgano competente para
resolverlo, conforme a lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que las entidades interesadas puedan ejercitar
cualquier otro que estimen oportuno.
Mérida, 29 de octubre de 2024.
El Director General de
Administración Local,
PD, Resolución de 3 de octubre de 2023
(DOE n.º 194, de 9 de octubre),
PEDRO ROMERO GÓMEZ