Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Acuerdo Para El Empleo Y La Protección Social Agrarios. (2024063702)
Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Dirección General de Administración Local, por la que se conceden ayudas a entidades locales para obras y servicios de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios (AEPSA).
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NÚMERO 219
Lunes 11 de noviembre de 2024

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el ejercicio de 2023, otorgando la ayuda para la contratación de personas trabajadoras a las
entidades locales.
Cuarto. Con fecha 1 de octubre de 2024, se emite informe de la jefatura de sección de Fondos
Municipales del Servicio de Coordinación de Financiación Local, acreditando el cumplimiento
de los requisitos y las condiciones exigidos a las entidades locales solicitantes para ser beneficiaras de las ayudas convocadas por la referida convocatoria.
Y de conformidad con los siguientes,
FUNDAMENTOS JURÍDICOS:
Primero. Conforme al artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y al apartado 1 del resuelvo noveno de la Resolución
de 5 de julio de 2024, el Secretario General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo
Social es el órgano competente para resolver esta convocatoria.
No obstante, de acuerdo con lo previsto en la Resolución de 3 de octubre de 2023, de la Secretaría General (DOE n.º 194, de 9 de octubre), la competencia para resolver la presente
resolución de concesión de ayudas está asignada, por delegación, al titular de la Dirección
General de Administración Local.
Segundo. Entrando en el fondo del asunto, a la vista de las solicitudes de ayudas presentadas, y con base en la instrucción realizada y el informe referido en el antecedente de hecho
cuarto, se constata que las entidades locales solicitantes de las ayudas referenciadas en el
anexo cumplen con los requisitos de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo referido a que existe crédito suficiente para
atender las obligaciones que se deriven de su concesión y se han cumplido las normas para
su otorgamiento establecidas en el citado Decreto del Presidente 4/2020, de 16 de junio, y
en la Resolución de 5 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la
convocatoria pública de estas ayuda.
De modo que, verificada, y en poder del órgano instructor, la comunicación correspondiente
al otorgamiento y aprobación de la subvención del SEPE, a la que está vinculada la ayuda a
conceder a cada entidad local con cargo a esta convocatoria, y teniendo en cuenta la propuesta de resolución citada, se determina que el importe de ayuda individual a conceder se
ha calculado de acuerdo con lo previsto en el resuelvo sexto de la convocatoria de fecha 5 de
julio de 2024.
Tercero. En el procedimiento administrativo se ha cumplido con todos los trámites establecidos en el mencionado Decreto del Presidente 4/2020, de 16 de junio, y en la Resolución