Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Ceses. Nombramientos. (2024050177)
Orden de 29 de octubre de 2024 por la que se cesa y nombra a integrantes de las vocalías del Consejo Social de la Universidad de Extremadura designados por la Asamblea de Extremadura, a propuesta de los grupos parlamentarios.
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NÚMERO 217
Jueves 7 de noviembre de 2024
57852
Y en su apartado segundo que en representación de la sociedad extremeña, forman parte del
Consejo Social:
a. Tres vocales designados por la Asamblea de Extremadura, a propuesta de los grupos
parlamentarios, por mayoría de al menos 3/5 de los Diputados que formen la Cámara.
b. Tres vocales designados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, a
propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de enseñanzas
universitarias, que serán obligatoriamente elegidos entre personas de reconocido prestigio que no ostenten cargos públicos en la Administración autonómica.
c. Dos vocales a propuesta de las centrales sindicales más representativas en el territorio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
d. Dos vocales a propuesta de las organizaciones empresariales más representativas en el
territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
e. Dos vocales designados por la Federación Extremeña de Municipios y Provincias.
El apartado 4 de este mismo artículo establece que los nombramientos y ceses de los vocales
se producirán por orden de la Consejería competente en materia de enseñanzas universitarias, y serán publicados en el Diario Oficial de Extremadura.
De acuerdo con la disposición transitoria única de la Ley 1/2010, el Consejo Social constituido
con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley continuará en funciones hasta la constitución del regulado por ésta.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 1/2010, los miembros del Consejo
Social de la Universidad de Extremadura cesarán como tales por revocación de la designación
por la entidad o institución a la que representa.
Por todo ello, de conformidad con las atribuciones conferidas por el ordenamiento jurídico,
DISPONGO:
Primero. Cesar como vocalías del Consejo Social de la Universidad de Extremadura designados por la Asamblea de Extremadura en aplicación del artículo 7, apartado a), de la Ley
1/2010, de 7 de enero, del Consejo Social de la Universidad de Extremadura:
— D.ª Ana Belén Valls Muñoz.
— D.ª María José Nevado del Campo.
Jueves 7 de noviembre de 2024
57852
Y en su apartado segundo que en representación de la sociedad extremeña, forman parte del
Consejo Social:
a. Tres vocales designados por la Asamblea de Extremadura, a propuesta de los grupos
parlamentarios, por mayoría de al menos 3/5 de los Diputados que formen la Cámara.
b. Tres vocales designados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, a
propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de enseñanzas
universitarias, que serán obligatoriamente elegidos entre personas de reconocido prestigio que no ostenten cargos públicos en la Administración autonómica.
c. Dos vocales a propuesta de las centrales sindicales más representativas en el territorio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
d. Dos vocales a propuesta de las organizaciones empresariales más representativas en el
territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
e. Dos vocales designados por la Federación Extremeña de Municipios y Provincias.
El apartado 4 de este mismo artículo establece que los nombramientos y ceses de los vocales
se producirán por orden de la Consejería competente en materia de enseñanzas universitarias, y serán publicados en el Diario Oficial de Extremadura.
De acuerdo con la disposición transitoria única de la Ley 1/2010, el Consejo Social constituido
con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley continuará en funciones hasta la constitución del regulado por ésta.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 1/2010, los miembros del Consejo
Social de la Universidad de Extremadura cesarán como tales por revocación de la designación
por la entidad o institución a la que representa.
Por todo ello, de conformidad con las atribuciones conferidas por el ordenamiento jurídico,
DISPONGO:
Primero. Cesar como vocalías del Consejo Social de la Universidad de Extremadura designados por la Asamblea de Extremadura en aplicación del artículo 7, apartado a), de la Ley
1/2010, de 7 de enero, del Consejo Social de la Universidad de Extremadura:
— D.ª Ana Belén Valls Muñoz.
— D.ª María José Nevado del Campo.