Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Ceses. Nombramientos. (2024050177)
Orden de 29 de octubre de 2024 por la que se cesa y nombra a integrantes de las vocalías del Consejo Social de la Universidad de Extremadura designados por la Asamblea de Extremadura, a propuesta de los grupos parlamentarios.
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NÚMERO 217
Jueves 7 de noviembre de 2024

II

57851

AUTORIDADES Y PERSONAL
1. N
 OMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
ORDEN de 29 de octubre de 2024 por la que se cesa y nombra a integrantes de
las vocalías del Consejo Social de la Universidad de Extremadura designados
por la Asamblea de Extremadura, a propuesta de los grupos parlamentarios.
(2024050177)

El artículo 10.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en
redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, atribuye a la Comunidad Autónoma
de Extremadura la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación,
en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
Por Real Decreto 634/1995, de 21 de abril, se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de Universidades.
Estas competencias se atribuyen a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional por Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (DOE núm. 140, de 21 de julio de 2023).
La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, regula el Consejo Social
de la Universidad en su artículo 47, definiéndolo como órgano de participación y representación de la sociedad, un espacio de colaboración y rendición de cuentas en el que se interrelacionan con la universidad las instituciones, las organizaciones sociales y el tejido productivo.
La Ley 1/2010, de 7 de enero, del Consejo Social de la Universidad de Extremadura, regula en
su artículo 4 la composición del mismo, señalando en su apartado primero que, en representación de la comunidad universitaria, forman parte del Consejo Social las siguientes personas:
a. Titular del Rectorado, titular de la Secretaría General y titular de la Gerencia de la Universidad.
b. Un representante del profesorado, un representante del colectivo estudiantil y un representante del personal de administración y servicios, que serán elegidos por el Consejo
de Gobierno de entre sus miembros.