Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Plan Infoex. (2024040227)
Decreto 136/2024, de 29 de octubre, por el que se modifica el Decreto 132/2022, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de Extremadura (Plan INFOEX).
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NÚMERO 215
Martes 5 de noviembre de 2024

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a) Época de Peligro Alto: Se entenderá por Época de Peligro Alto aquella en la que,
debido a las condiciones meteorológicas, los riesgos de producción de incendios
sean potencialmente elevados y aconsejen un despliegue máximo de los medios
existentes.


Excepcionalmente, y cuando las circunstancias meteorológicas así lo aconsejen, den­
tro de esta época se podrá determinar una situación de Incendios Extremos con
carácter preventivo y establecer las medidas excepcionales que deban adoptarse.



b) Época de Peligro Bajo: Se entenderá por Época de Peligro Bajo aquella en la que, por
las condiciones meteorológicas, los riesgos de producción de incendios forestales son
menores. Los medios desplegados en esta época serán aquellos que posibiliten su
extinción.

c) Época de Peligro Medio: Dentro de la Época de Peligro Bajo podrá declararse una
Época de Peligro Medio si las condiciones meteorológicas empeoran y aumenta el
número de incendios.


En esta Época de Peligro Medio, y si el aumento del número de incendios viene esen­
cialmente derivado del escape de quemas u otras actividades susceptibles de provo­
car incendios, se podrán limitar o prohibir totalmente dichas quemas y actividades.



En caso de declararse Época de Peligro Medio se determinará el ámbito territorial
afectado, pudiendo ser una o varias Zonas de Coordinación de las establecidas para
Época de Peligro Bajo”.

Dos. Se modifica el artículo 7, que queda redactado como sigue:
“Artículo 7. Incendios según su operatividad.
1. L
 os incendios forestales, según su operatividad, se clasifican de acuerdo con la siguiente
escala:


• Nivel 0: referido a aquellos incendios que pueden ser controlados con los medios de
extinción incluidos en el Plan INFOEX y que, en su evolución más probable, no supon­
gan peligro para las personas no relacionadas con las labores de extinción, ni para
bienes distintos a los de naturaleza forestal.



• Nivel 1: referido a aquellos incendios que pudiendo ser controlados con los medios de
extinción incluidos en el Plan INFOEX, se prevé, por su posible evolución, la necesidad
de la puesta en práctica de medidas para la protección de las personas y de los bienes
no forestales que puedan verse amenazados por el fuego.