Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063679)
Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Educativa para la realización de prácticas externas entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 214
Lunes 4 de noviembre de 2024

57448

formación académica y favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen para
el ejercicio de actividades profesionales, a través del conocimiento del funcionamiento de un
centro o institución, sus métodos de trabajo y organización. Estas prácticas académicas externas serán curriculares exclusivamente, las cuales se configuran como actividades académicas
integrantes del plan de estudios de que se trate y su duración será la que se establezca en el
mismo sin que pueda exceder del 50% del tiempo íntegro que constituye el curso académico.
La colaboración de este convenio se concretará en un proyecto formativo por estudiante/
profesor, que constará como documento, Anexo I, firmado por el Tutor de Prácticas, el Tutor
Académico y el estudiante.
En el Anexo I, se deberá recoger: los datos del estudiante, las condiciones particulares de las
prácticas, fechas de comienzo y finalización, horario, lugar de desarrollo, los datos identificativos del tutor de prácticas de la Consejería y del tutor académico de la UNED. También se
incluirá la descripción de los objetivos básicos y específicos, las competencias a desarrollar
por el estudiantes y las actividades para el desarrolla de las mismas.
Los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las características
de estas y la disponibilidad del centro de prácticas de la Consejería y serán compatibles, en
todo caso, con la actividad académica, formativa y de representación y participación que el
estudiante desarrolle en la UNED.
Si alguna de las partes firmantes de este convenio o el estudiantado deseara utilizar los resultados parciales o finales de su actividad en la CONSEJERÍA para su publicación como artículo,
conferencia, tesis, memoria, etc., deberá solicitar la conformidad de la otra parte por escrito,
quien deberá responder en un plazo máximo de 15 días, comunicando su autorización, sus
reservas o su disconformidad. Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta se entenderá
que el silencio es la tácita autorización para su difusión.
Tercera. Seguros.
En virtud de la disposición adicional quincuagésima segunda de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, introducida en
virtud del artículo único.34 del Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo, que incluye a los
alumnos universitarios en prácticas no remuneradas en la acción protectora de la Ley General
de la Seguridad Social, la eventualidad de un accidente será cubierta por la Seguridad Social.
Así mismo, los estudiantes en prácticas estarán cubiertos por una Póliza de Responsabilidad
Civil para Estudiantes en Prácticas suscrita por la UNED.
La UNED informará de la firma del presente convenio al Seguro Escolar, solicitando la extensión de dicho seguro al alumnado que quede fuera de la cobertura de la Seguridad Social,