Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Concurso De Traslados. (2024063670)
Resolución de 25 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional a extinguir, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros.
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NÚMERO 214

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Lunes 4 de noviembre de 2024

Vigésimo tercera. Utilización del género masculino.
Todas las referencias al profesorado y a situaciones para las que en esta Resolución se utiliza
la forma de masculino genérico, deben entenderse aplicables indistintamente a mujeres y
hombres.
Vigésimo cuarta. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección General de
Personal Docente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación,
conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 102
de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, o bien en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
al de su publicación, recurso contencioso-administrativo conforme a lo establecido en los
artículos 10.1.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, o
el correspondiente a la circunscripción del domicilio de la persona demandante, a elección
de ésta, en los términos y con las limitaciones previstas en el párrafo segundo de la Regla
Segunda del artículo 14.1 de la citada ley. Todo ello, sin perjuicio de los recursos que la parte
interesada estime conveniente interponer.
Mérida, 25 de octubre de 2024.
El Director General de Personal Docente,
PD, Resolución de 9 de agosto de 2023,
(DOE n.º 156, de 14 de agosto)
DAVID MORENO REGO