Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Concurso De Traslados. (2024063670)
Resolución de 25 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional a extinguir, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros.
183 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 214
Lunes 4 de noviembre de 2024
57243
desde un centro del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura.
El personal funcionario incluido en el párrafo anterior, en el supuesto de no participar en
el presente concurso o, si participando, no solicitara suficiente número de centros del
ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la
Junta de Extremadura, cuando no obtuviera destino definitivo, quedará en la situación
de excedencia voluntaria, contemplada en el apartado a) del artículo 89.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
c) El personal funcionario que, habiendo estado adscrito a plazas en el exterior, deba reincorporarse al ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional de la Junta de Extremadura en el curso 2025/2026, siempre que el último
destino desempeñado hubiera sido en un centro docente dependiente de su ámbito de
gestión o que habiéndose reincorporado en cursos anteriores no hubiera obtenido aún
un destino definitivo.
Este personal funcionario está obligado a participar en todos los concursos de traslados
que se convoquen hasta que obtenga un destino definitivo.
Este personal funcionario en el supuesto de que no concurse será destinado forzosamente siempre que exista vacante en centros del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura. Igual tratamiento
se le otorgará en el supuesto de que participando no obtenga ninguno de los destinos
solicitados una vez agotadas las seis convocatorias a que alude el párrafo siguiente.
Para ello se atenderá a la prelación de las provincias manifestada o al orden en el que
los centros aparecen publicados en los anexos correspondientes.
El que, cumpliendo con la obligación de concursar, no obtuviera ningún destino de los
solicitados durante seis convocatorias, será declarado pendiente de destino provisional.
d) El personal funcionario de todos los cuerpos docentes que haya perdido su destino
definitivo en cumplimiento de sentencia o resolución de recurso, así como el personal
funcionario perteneciente al Cuerpo de Maestros que haya perdido su destino definitivo
por supresión o transformación del puesto que desempeñaba con carácter definitivo en
centros del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura.
Este personal funcionario está obligado a participar en todos los concursos de traslados
que se convoquen hasta que obtenga un destino definitivo.
Lunes 4 de noviembre de 2024
57243
desde un centro del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura.
El personal funcionario incluido en el párrafo anterior, en el supuesto de no participar en
el presente concurso o, si participando, no solicitara suficiente número de centros del
ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la
Junta de Extremadura, cuando no obtuviera destino definitivo, quedará en la situación
de excedencia voluntaria, contemplada en el apartado a) del artículo 89.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
c) El personal funcionario que, habiendo estado adscrito a plazas en el exterior, deba reincorporarse al ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional de la Junta de Extremadura en el curso 2025/2026, siempre que el último
destino desempeñado hubiera sido en un centro docente dependiente de su ámbito de
gestión o que habiéndose reincorporado en cursos anteriores no hubiera obtenido aún
un destino definitivo.
Este personal funcionario está obligado a participar en todos los concursos de traslados
que se convoquen hasta que obtenga un destino definitivo.
Este personal funcionario en el supuesto de que no concurse será destinado forzosamente siempre que exista vacante en centros del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura. Igual tratamiento
se le otorgará en el supuesto de que participando no obtenga ninguno de los destinos
solicitados una vez agotadas las seis convocatorias a que alude el párrafo siguiente.
Para ello se atenderá a la prelación de las provincias manifestada o al orden en el que
los centros aparecen publicados en los anexos correspondientes.
El que, cumpliendo con la obligación de concursar, no obtuviera ningún destino de los
solicitados durante seis convocatorias, será declarado pendiente de destino provisional.
d) El personal funcionario de todos los cuerpos docentes que haya perdido su destino
definitivo en cumplimiento de sentencia o resolución de recurso, así como el personal
funcionario perteneciente al Cuerpo de Maestros que haya perdido su destino definitivo
por supresión o transformación del puesto que desempeñaba con carácter definitivo en
centros del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura.
Este personal funcionario está obligado a participar en todos los concursos de traslados
que se convoquen hasta que obtenga un destino definitivo.