Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Concurso De Traslados. (2024063670)
Resolución de 25 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional a extinguir, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros.
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NÚMERO 214

57240

Lunes 4 de noviembre de 2024

de 18 de marzo, por el que se establecen los requisitos específicos de acreditación de la competencia lingüística en lengua extranjera para impartir áreas, materias o módulos en los programas bilingües, y se regula el procedimiento para obtener la correspondiente habilitación
lingüística en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura:

Especialidades

Código del Puesto Específico
Inglés

031 Educación Infantil

2

032 Lengua extranjera: Inglés

2

034 Educación Física

2

035 Música

2

038 Educación Primaria

2

Dichos puestos se solicitarán para los centros incluidos en el Anexo XV-Centros bilingües.
Décima. Participación voluntaria.
10.1. Podrá participar con carácter voluntario en este concurso el personal funcionario dependiente de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad
Autónoma de Extremadura según se indica en los siguientes apartados:
a) Podrá participar voluntariamente a las plazas ofertadas en esta convocatoria, dirigiendo
su solicitud a la Dirección General de Personal Docente de la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura en los términos indicados
en la base decimocuarta, los funcionarios de carrera de los cuerpos a los que se refiere la base primera que se encuentren en alguna de las situaciones que se indican a
continuación:


1º. E
 l personal funcionario docente de carrera que se encuentre en situación de servicio
activo, con destino definitivo en centros del ámbito de gestión de la Consejería de
Educación Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siempre que al finalizar el presente curso escolar hayan transcurrido, al
menos, dos años desde la toma de posesión del último destino que desempeñen con
carácter definitivo.



2º. E
 l personal funcionario docente de carrera que se encuentre en situación de servicios especiales declarada desde centros del ámbito de gestión de la Consejería de